Edición impresa

Actualidad Navarra, Pamplona, Tudela, Estella, Osasuna, Deportes, Gobierno de Navarra, Ayuntamiento de Pamplona, Política, Economía, Trabajo, Sociedad.

Pensiones

¿Puede un jubilado cobrar dos pensiones a la vez?

El sistema de pensiones establece que no es posible percibir dos pensiones contributivas a la vez. Pero hay excepciones.

Ampliar Dos personas jubilados, sentadas en el banco de un paseo en otoño.
Dos personas jubilados, sentadas en el banco de un paseo en otoño.
Publicado el 10/05/2023 a las 10:44
La palabra jubilación proviene del latín "iubilare" que significa gritar de alegría aunque la realidad y la situación económica en la que se quedan la mayoría de los jubilados de este país no sea como para celebrar mucho.
En muchas ocasiones, la cuantía de la pensión de jubilación suele ser insuficiente, haciendo que muchos de ellos no lleguen a cobrar ni siquiera la mínima. A esto se le une que la reforma de Escrivá reducirá la pensión máxima un 20%. Ante este escenario, hay muchas personas que se preguntan si se pueden recibir dos prestaciones de manera simultánea.
La normativa es clara al respecto. El sistema de pensiones establece que no es posible percibir dos pensiones contributivas a la vez. De hecho, la Ley General de la Seguridad Social determina en su artículo 163 que no es posible percibir dos pensiones de este tipo a la vez, ya que “serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario”.
Pero existen excepciones, claro. Una persona puede optar a dos pensiones si genera derecho a pensión de jubilación en dos regímenes distintos de la Seguridad Social. El caso más habitual, en este contexto, es el de las personas que han sido autónomas en algún momento de su vida cotizando en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y que también han trabajado por cuenta ajena en el Régimen General.En este caso se le aplicarán ciertos límites a la cuantía a percibir en total en concepto de pensiones.
Los requisitos:
  • Después de alcanzar la edad de jubilación, el trabajador tiene que estar dado de alta en ambos regímenes a la vez, aunque en el caso de que solo esté en uno, tiene que demostrar que en el otro se ha llegado al periodo mínimo de cotización de forma simultánea.
  • Además, será necesario que el trabajador acumule al menos 15 años de cotización en cada régimen, de los cuales dos deben tener lugar entre los 15 años previos a la solicitud de la jubilación. En caso de que en uno de los dos no se haya llegado a la edad de jubilación parar tener derecho a la pensión, las cotizaciones se unificarán al régimen que si tiene derecho a percibir la ayuda.
  • Si una persona tiene derecho a dos pensiones de jubilación, esta deberá calcular el importe de cada una de ellas de forma separada y después sumarlas, para la cuantía que recibirá mes a mes de esta prestación. Ahora bien, existe un tope: ambas no podrán superar la cuantía máxima de las pensiones que en 2023 es de 42.829 euros mensuales.
En todo caso, el límite en la cuantía señalado no se aplica a las pensiones extraordinarias originadas por actos terroristas.
Según informa la Seguridad Social, la pensión se cobra a mes vencido el primer día hábil de cada mes o hasta el cuarto día natural del mes. Esto quiere decir que el día 2 de mayo –porque el 1 es festivo por ser el Día del Trabajador- los pensionistas  recibieron en sus cuentas la pensión del mes de abril, pero es bastante probable que ya la hubieran cobrado en los últimos días de dicho mes porque algunos bancos adelantan la paga.
volver arriba

Activar Notificaciones

Continuar

Gracias por elegir Diario de Navarra

Parece que en el navegador.

Con el fin de fomentar un periodismo de calidad e independiente, para poder seguir disfrutando del mejor contenido y asegurar que la página funciona correctamente.

Si quieres ver reducido el impacto de la publicidad puedes suscribirte a la edición digital con acceso a todas las ventajas exclusivas de los suscriptores.

Suscríbete ahora