Tribunales
El BOE deroga por error la Constitución y otras leyes fundamentales
El error, del que se ha hecho eco el portal jurídico especializado Confilegal, fue detectado a las 9 de mañana del miércoles

Publicado el 21/04/2023 a las 06:00
El Boletín Oficial del Estado (BOE) declaró derogada la Constitución Española la mañana del pasado miércoles. Un error hizo que el BOE publicara la apostilla de "[disposición derogada]", que se incluye en las normas que han perdido vigencia, en el encabezamiento de la Carta Magna de 1978.
Y no solo. El BOE también declaró como "derogadas" al menos otras ocho leyes fundamentales: la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Código Penal, el Código Civil, el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, la Ley General de la Seguridad Social, la Ley reguladora de la jurisdicción social, el texto refundido de la Ley Concursal y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
El error, del que se ha hecho eco el portal jurídico especializado Confilegal, fue detectado a las 9 de mañana del miércoles por Iberley, la base de datos jurídica de consulta laboral, fiscal y contable, de la que forma parte la Editorial Colex. Iberley se puso en contacto con el servicio de atención al ciudadano del BOE, que 20 minutos después solventó el error y volvió a dar vigencia a la Constitución y al resto de las normas. No obstante, nadie ha podido precisar cuánto tiempo el BOE dejó sin Carta Magna a los españoles.
Según los responsables de Iberley que detectaron los errores, no es la primera vez que el Boletín Oficial del Estado ha publicado la apostilla "[disposición derogada]" en normas con pleno vigor.
DOBLE REDACCIÓN
La derogación de la Constitución no es la única polémica reciente en la que se ha visto envuelto el boletín. El pasado 14 de abril El BOE avisó que en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS) uno de sus artículos ha recibido "con la misma fecha de publicación oficial y de entrada en vigor" dos redacciones distintas procedentes de la ley trans y de la ley de empleo.
El artículo en cuestión, cuya doble redacción se mantiene, hace referencia a una de las infracciones "muy grave" en la que incurriría un empresario si pide datos que puedan llevar a discriminar al trabajador por diferentes motivos, entre ellos, orientación sexual o identidad de género.