Crisis
Ayuda de 200 euros del Gobierno: ¿quién puede solicitarla y quién no?
Esta medida forma parte del paquete de ayudas aprobado el sábado en un Consejo de Ministros extraordinario

Publicado el 28/06/2022 a las 08:55
La escalada en los precios está haciendo estragos en los bolsillos de muchos españoles. El Índice de Precios de Consumo (IPC) subió un 0,8% en mayo en relación al mes anterior e incrementó su tasa interanual cuatro décimas, hasta el 8,7%, por el encarecimiento de las gasolinas, de la restauración y de los alimentos. Estos últimos marcaron su mayor incremento desde enero de 1994, con una subida interanual del 11%.
Ante esta situación el Gobierno de España aprobó el sábado en un Consejo de Ministros extraordinario un nuevo paquete de medidas anticrisis, entre las que destacan la bajada del IVA de la luz del 10 al 5 % (ya te contamos cuánto ahorro supondrá esta rebaja del IVA), descuentos en los abonos transporte público (que en el caso de Pamplona supondrá un descuento del 30% en el abono de las villavesas) y una ayuda de 200 euros para algunos colectivos.
Esta última ayuda se destina a trabajadores, autónomos y desempleados con rentas bajas y consistirá en un pago único que beneficiará a 2,7 millones de personas, según las estimaciones del Ejecutivo.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?
Para recibir esa ayuda, los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que perciban los convivientes sea inferior a 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,40 euros.
El cómputo de ingresos y de patrimonio se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 "y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación o por parentesco, hasta el tercer grado, incluido los afines, con cualquiera de los anteriores, así como otras personas con las que cualquiera de los anteriores conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente", según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Los beneficiarios deben tener residencia legal y efectiva en España en la fecha de entrada en vigor de real decreto-ley, que será este lunes 27 de junio, y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior.
Se excluye de esta ayuda a quienes ya cobren el Ingreso Mínimo Vital o reciban pensiones del Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Para estos colectivos, el Gobierno ya medidas concretas como la prórroga del incremento del 15% del Ingreso Mínimo Vital o de las pensiones no contributivas, que implica incrementos anuales superiores a los 200 euros. Y, en el caso de las pensiones contributivas, el Gobierno garantiza el incremento en línea con la inflación para garantizar que no existe una merma del poder adquisitivo.
La solicitud de esta ayuda de 200 euros se deberá presentar en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria rellenando un formulario electrónico antes del 30 de septiembre de 2022. Aunque el proceso todavía no ha sido habilitado, el plazo se abrirá a partir del mes de julio. Así lo apuntó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del sábado.