Restricciones
¿Qué permite el estado de alarma?


Actualizado el 24/10/2020 a las 08:54
¿Qué permite el estado de alarma?
Es un instrumento contemplado en la Constitución para situaciones como "crisis sanitarias, tales como epidemias". Permite, entre otras medidas, "limitar la circulación o permanencia de personas en horas y lugares determinados", por lo que autoriza confinamientos y toques de queda.
¿Cómo se decreta?
La declaración se lleva a cabo mediante un decreto del Consejo de Ministros. Su duración máxima es de 15 días y, en caso de necesidad, se puede prorrogar con la autorización del Congreso. Para hacerlo se precisa de mayoría simple; es decir, más síes que noes.
¿Se debe aplicar en todo el territorio?
El decreto debe determinar el ámbito territorial en el que se aplicará, que no tiene por qué comprender todo el país. De hecho, hay un precedente muy reciente. Hace dos semanas se declaró el estado de alarma exclusivamente para la Comunidad de Madrid.
¿Quién se pone al frente?
La Constitución establece que la autoridad competente es el Gobierno central. Sin embargo, se contempla que pueda delegarse en los Ejecutivos autonómicos. Eso sí, solo cuando el estado de alarma se esté aplicando "exclusivamente" en ese territorio en concreto.
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