La ausencia de responsabilidad civil favorece a los líderes del 'procés'

El Supremo dejó al Tribunal de Cuentas el proceso por los gastos del 1-O y el servicio penitenciario catalán no valorará su pago

Los condenados, en el banquillo durante el juicio del Proces.
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Los condenados, en el banquillo durante el juicio del Proces.Efe
Los condenados, en el banquillo durante el juicio del Proces.

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Colpisa. Madrid

Actualizado el 16/10/2019 a las 06:00

La decisión del Tribunal Supremo de no determinar en la sentencia del 'procés' la responsabilidad civil derivada del delito de malversación de caudales públicos, al que fueron condenado cuatro de los 12 acusados, favorecerá la progresión penitenciaria de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, según explican fuentes jurídicas y penitenciarias.


La razón es que la junta de tratamiento de las cárceles catalanas donde se encuentran no tendrán que valorar el requisito de la reparación económica del daño cuando estudien las situaciones de los presos. Es decir, una eventual ausencia de pago no podrá ser utilizada en su contra, pese a que se trata de un requisito administrativo importante para valorar las peticiones de salida o el ascenso de grado carcelario.


Pero, ¿por qué la Sala no castigó a los acusados al pago de la responsabilidad civil por los gastos del referéndum? Pese a que la sentencia considera probado que se malversó dinero público (el coste superó los 2,35 millones de euros), los magistrados entienden que debe ser el Tribunal de Cuentas quien sustancie la cuantía en un procedimiento paralelo, tal y como le pidió la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Se trata de un trámite similar al abierto contra el expresidente catalán Artur Mas en la causa por desobediencia de la consulta del 9 de noviembre de 2014, que se alargó varios años y concluyó con la condena al pago de 4,9 millones. Además de este factor favorable a los presos, los Servicios Penitenciarios de la Generalitat de Cataluña tienen la potestad para dar todo tipo de permisos una vez que cumplan una cuarta parte de la condena. Los primeros serán los 'Jordis' -castigados con nueve años de cárcel- el próximo 14 de enero, en junio lo podrá pedir el exconsejero de Interior Joaquim Forn y en enero de 2021 Junqueras. Cualquier decisión que tome la administración catalana -tiene las competencias transferidas desde principios de los ochenta- podrá ser revisada por la justicia tras el imprescindible recurso de la Fiscalía. Según el tipo de salida, permiso o clasificación de grado, la primera instancia que tendrá la palabra será el juzgado de vigilancia penitenciaria territorial. Luego en apelación llegará el turno del tribunal sentenciador, en este caso la Sala del Supremo, o la audiencias provinciales correspondientes.


En paralelo a los permisos, los órganos dependientes de la Generalitat se tienen que pronunciar sobre la clasificación de grado de los líderes del 'procés', teniendo un límite temporal de dos meses desde el momento que la sentencia sea notificada en los centros penitenciarios -luego se vuelve a estudiar de forma automática la clasificación cada seis meses como máximo-.


MODALIDADES DE LIBERTAD


En el caso de Junqueras y los demás penados pueden ser clasificados directamente en tercer grado -conocido como régimen abierto- y, posteriormente, también disfrutar de las siete modalidades de libertad condicional, que pasan desde dormir en un centro de inserción social o estar localizado en el domicilio bajo control de pulsera telemática o por un sistema de control de voz.


Para la libertad condicional se requiere estar clasificado en tercer grado y, según el reglamento penitenciario, haber cumplido al menos dos terceras partes de la pena (los 'Jordis' en octubre de 2023 y el presidente de ERC, en junio de 2026).


Las citadas fuentes explican que una de las vías "más probables" para los presos es la petición de un permiso a través del artículo 100.2 del Régimen Penitenciario cuando sean clasificados en segunda grado. Este artículo es una suerte de "punto ciego" que se caracteriza por sus requisitos flexibles, tiene una condición ejecutiva para la administración que lo aplica, permite disfrutar de 36 días al año y debe ser validado a posteriori por el juez de vigilancia penitenciaria (aunque la resolución no evita que el preso pueda estar ya disfrutándolo en la calle, como ocurrió con Oriol Pujol). Con este marco, es muy probable asistir a un escenario a partir de enero de concesión de permisos, recursos de la Fiscalía, revocaciones judiciales y nuevos permisos, ya que en última instancia la decisión administrativa depende de la Generalitat a través de la Consejería de Justicia y sus servicios penitenciarios.

 

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