Las pymes necesitan cobrar antes

FermÍn Torrens Alzu

Publicado el 30/11/2023 a las 07:29

La UE ha tomado la iniciativa de luchar contra los plazos de pago en operaciones comerciales a la vista de la poca eficacia de las leyes nacionales (el ejemplo lo tenemos en nuestro país) para terminar con los abusos que las grandes compañías realizan respecto a las pymes.

De este forma se va a establecer un plazo de pago máximo de 30 días de pago al proveedor en contraposición de los plazos de 60 días o más que establecían las leyes nacionales. Son sangrantes las condiciones que imponen las grandes empresas que obligan a las pequeñas a financiarlas gratuitamente imponiendo unos plazos absolutamente disparatados que afectan a la liquidez. El cliente tiene que solicitar financiación bancaria variada ( préstamos a corto plazo, descuento de efectos , factoring o autofinanciación)y esta financiación supone unos gastos de apertura, cancelación o intereses que afecta directamente al resultado de los negocios.

Pero aún hay algo más peligroso. Cualquier empresa que entra en concurso genera un reguero de empresas que no pueden hacer frente a sus pagos por haber soportado elevados importes de deuda provocados por los largos plazos de pago sin ningún tipo de garantía de seguridad en el cobro. Porque esto es la ley de la selva , el pequeño empresario no tiene ningún arma de defensa frente a sus clientes, las condiciones las impone la gran superficie o la gran empresa y el que no pase por el aro es fulminantemente dado de baja en la relación de proveedores. De tal forma que ante la disyuntiva de no vender, el pequeño proveedor acepta las condiciones leoninas.

La nueva regulación que está en marcha impone un interés de morosidad que es automático y no puede ser renunciable por parte del cliente. Esto es una gran novedad, porque en un contrato la renuncia a los derechos de la parte débil estaba a la orden del día.

Sin embargo, hay un punto que es indispensable, el cual es un control externo de cumplimiento de condiciones a la relación cliente -acreedor, sin esa figura externa solo quedaría una denuncia por parte del perjudicado que no se va a dar a riesgo de perder ese cliente para siempre. Las cámaras de comercio o las asociaciones de empresarios han de fomentar este arbitraje obligatorio para la pervivencia de las pequeñas empresas y los autónomos , obligando so pena de multa a respetar los plazos de pago y evitar que por medio de los “acuerdos contractuales”.

Ni siquiera una hipotética libertad de mercado justifica la situación actual de abuso indiscriminado por razón de tamaño de empresa y más teniendo en cuenta que el tejido productivo y quien mantiene el empleo es , no lo olvidemos, la pequeña y mediana empresa.

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