Consumo

Denuncian la venta en TikTok de un geolocalizador de personas sin su consentimiento

El creador de contenidos Oxosuolong promociona en esta red social el dispositivo indicando que "si te suelta que está con amigas, colega, espabila y ponle uno de estos en el coche"

Localizador promocionado en Tik Tok
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Diario de Navarra

Publicado el 26/02/2026 a las 08:39

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la venta en TikTok de un aparato que permite la geolocalización de personas sin su conocimiento.

La asociación ha podido comprobar que el creador de contenido Oxosuolong promociona en esta red social —aunque no descarta que se encuentre en otras plataformas— un dispositivo electrónico que sirve para rastrear continuamente la posición de la persona u objeto que lo porte.

En el vídeo en cuestión se ve a este influencer introduciendo el dispositivo geolocalizador en varias partes de un vehículo mientras una voz señala que «si te suelta que está con amigas, colega, espabila y ponle uno de estos en el coche […] Si ya estás harto de hacerte el tonto, pincha en el enlace y toma el control, tío».

En este sentido, FACUA advierte de que tanto TikTok, por permitir esta promoción, como el propio Oxosuolong publicitan este dispositivo haciendo referencia a una conducta potencialmente delictiva, ya que utilizar un geolocalizador para rastrear la posición de una persona sin su consentimiento puede ser constitutivo de un delito de coacciones o contra la intimidad según establece el Código Penal.

PUBLICIDAD ILÍCITA

Asimismo, FACUA señala que la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, establece en su artículo 3, como publicidad ilícita, entra otras, aquella que «atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución Española, especialmente a los que se refieren sus artículos 14, 18 y 20».

Precisamente, el artículo 18 de la Constitución garantiza «el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen».

Además, la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, indica claramente que «la comunicación audiovisual no contendrá una provocación pública a la comisión de ningún delito».

Por todo ello, FACUA insta a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a que investigue a tanto a TikTok como al creador de contenido Oxosuolong por la publicidad de este dispositivo de geolocalización y abra el correspondiente expediente sancionador, así como que inste a la red social a eliminar esta promoción.

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