Consumo

Nueva normativa de comedores escolares: ¿qué alimentos ya no se podrán vender en las máquinas expendedoras?

La nueva normativa sobre comedores escolares responde a preocupaciones sobre la alimentación infantil y obesidad

Imagen de archivo de una máquina de vending en un colegio
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Imagen de archivo de una máquina de vending en un colegio
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Diario de Navarra

Actualizado el 28/04/2025 a las 09:37

Con la entrada en vigor del Real Decreto 315/2025, la alimentación en los centros educativos de España experimentará una significativa transformación, especialmente en lo que concierne a las máquinas expendedoras y los comedores. Esta normativa responde a la creciente preocupación sobre el estado de salud de los escolares, reflejado en estadísticas alarmantes del estudio ALADINO 2023, y busca alinear la oferta alimenticia escolar con las recomendaciones de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).

El estudio ALADINO 2023 revela cifras preocupantes sobre la obesidad infantil en España: un 15,9% de los niños entre 6 y 9 años están obesos, y un 3,6% enfrentan obesidad severa. Detrás de estas cifras, un 36,1% de los pequeños sufre exceso de peso. Esta situación es especialmente crítica en familias con menos recursos, donde la prevalencia del sobrepeso alcanza el 46,7% en hogares con ingresos inferiores a 18.000 euros. La nueva normativa es un esfuerzo para revertir esta tendencia, pues garantiza que el 40% de los niños que comen en los colegios reciban una alimentación adecuada.

REQUISITOS MÁS ESTRICTOS PARA LA VENTA DE ALIMENTOS

En las máquinas expendedoras y cafeterías de los colegios, solo se podrán encontrar productos cuyo contenido calórico no supere las 200 kilocalorías por porción,7,8 g de grasa (sin superar los 2,2 g de grasa saturada y ausencia de grasas trans), 5 g de azúcar añadida y 0,5 g de sal. Los alimentos procesados y las bebidas energéticas, debido a su contenido elevado de cafeína y otros aditivos, estarán prohibidos. Sin embargo, algunos refrescos sin calorías, como las variantes 'zero', seguirán disponibles bajo ciertas condiciones. 

Tabla con los alimentos que ya no se podrá leer en un vending en un colegio
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Tabla con los alimentos que ya no se podrá leer en un vending en un colegioOCU
Tabla con los alimentos que ya no se podrá leer en un vending en un colegio

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OBJETIVO: MENÚS EQUILIBRADOS Y SOSTENIBLES

La normativa también impacta de manera significativa los menús de los comedores escolares. Se enfatiza la inclusión de hortalizas y legumbres como primeros platos, y se reduce la cantidad de cereales refinados como pasta y arroz. En los segundos platos, se prioriza el pescado y los huevos sobre la carne roja y procesada. Además, la normativa aboga por el consumo de fruta fresca como postre diario y permite solo una ración semanal de productos lácteos sin azúcar añadido.

El agua será la única bebida disponible, y otras opciones deberán ser presentadas en envases grandes reutilizables para fomentar la sostenibilidad. El uso de técnicas culinarias saludables como el horno, vapor y plancha será prioritario, limitando las frituras y platos precocinados a una frecuencia mínima.

Los colegios deberán proporcionar mensualmente a las familias información detallada sobre los menús, incluyendo ingredientes, métodos de cocción, guarniciones y posibles alérgenos. Se contemplan menús especiales por razones médicas, éticas o religiosas, garantizando así una oferta inclusiva que respete las necesidades individuales sin comprometer la seguridad alimentaria.

Con la implementación de esta normativa, España avanza hacia un sistema que no solo responde a preocupaciones de salud pública, sino que también educa a las futuras generaciones en la importancia de una alimentación equilibrada. Los cambios parecen marcados por la sensatez y la ciencia, siendo un paso fundamental para reducir el impacto de la obesidad infantil en nuestro país.

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