Economía

Hacienda controlará los pagos por Bizum a partir de enero 2026: a quién afecta y cuantías

La Agencia Tributaria verificará movimientos de Bizum y tarjeta a partir de 2026; solo rastreará los pagos que cumplan con el criterio establecido

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Diario de Navarra

Publicado el 15/12/2025 a las 08:21

La Agencia Tributaria pondrá en marcha un nuevo sistema de control para los pagos realizados a través de Bizum y tarjeta bancaria a partir del 1 de enero de 2026. Esta actualización normativa afecta a empresas, autónomos y particulares, incluyendo los ingresos gestionados mediante pagos móviles y plataformas digitales, dentro de su iniciativa para mejorar la transparencia tributaria en España.

A partir de la fecha mencionada, se eliminará el umbral mínimo de 3.000 euros que hasta ahora requería la comunicación obligatoria de operaciones por parte de las entidades financieras. Esto supone que todos los movimientos de cobro por Bizum o tarjeta vinculados a actividades profesionales deberán ser informados a Hacienda mensualmente, independientemente de la cuantía, lo que impacta directamente en la forma en que los autónomos y empresas registran sus ingresos.

En el caso de los usuarios particulares, Bizum establece unas condiciones de uso muy concretas: cada operación debe ser de al menos 0,50 euros y no superar los 1.000 euros, con un límite diario de 2.000 euros y un máximo de 5.000 euros al mes. Además, la plataforma fija en 60 el número máximo de operaciones mensuales. Estas restricciones buscan reforzar la seguridad y la trazabilidad de las transacciones entre particulares sin perder la rapidez y sencillez de uso que caracteriza a Bizum.

TRATAMIENTO FISCAL PARA AUTÓNOMOS

Para los profesionales autónomos, todo ingreso recibido por Bizum tiene la consideración de rendimiento económico y, por tanto, debe ser declarado en el IRPF, así como en el IVA si procede. En este sentido, "un cobro a través de Bizum es, a efectos fiscales, idéntico a un pago con tarjeta", por lo tanto, "el autónomo debe reflejarlo en su contabilidad y emitir la factura correspondiente si el cliente así lo solicita". La gran novedad a partir de 2026 es que "las entidades bancarias estarán obligadas a reportar a Hacienda todos los cobros, sin exigencia de importe mínimo y cada mes".

El objetivo de esta medida es facilitar la comprobación y cruce de datos fiscales por parte de la Agencia Tributaria, incrementando así el control sobre las obligaciones tributarias de contribuyentes y negocios. En caso de incongruencias entre los datos declarados y los reportados por los bancos, la inspección fiscal sería casi automática. Por ello, los expertos aconsejan "describir de forma clara el concepto de cada operación, conservar extractos y justificantes" y mantener la información fiscal perfectamente organizada, especialmente para microempresas y pequeños negocios

Finalmente, la Agencia Tributaria también monitorizará a particulares que realicen pagos acumulados superiores a 25.000 euros anuales, mientras que las transferencias habituales y de escasa cuantía, como pequeños reembolsos entre amigos o compras cotidianas, quedarán fuera de este control. Así, sólo los movimientos que cumplan el requisito de cuantía relevante serán sujetos a seguimiento obligatorio por parte de los bancos.

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