Recurso
La Justicia avala en Madrid un permiso a Mina Muga igual al anulado en Navarra
Desestima el recurso de Ecologistas en Acción contra la concesión de explotación minera ‘Fronterizo’, una de las tres que conforman el proyecto


Actualizado el 28/07/2026 a las 17:50
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Ecologistas en Acción contra la concesión de explotación minera ‘Fronterizo’, una de las tres que conforman el proyecto Mina Muga que lidera la empresa Geoalcali. Avala así esta concesión otorgada por el Estado a la empresa, cuando curiosamente en octubre de 2024 se daba el caso contrario con la concesión de explotación ‘Goyo’ otorgada en este caso por el Gobierno de Navarra, quedando anulada por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), también ante recurso de Ecologistas en Acción y Sustrai Erakuntza.
El Gobierno de Navarra, el Gobierno de Aragón y el Gobierno de España otorgaron cada uno a Geoalcali una concesión de explotación propia. Venían derivadas, a su vez, de otros tres permisos de investigación concedidos previamente por cada administración y vinculados a sondear yacimientos de sales potásicas y sódicas en la zona (estos se dieron entre 2012 y 2014).
‘Goyo’ se llamaba el de Navarra, cuya concesión de explotación puso en cuestión la Justicia navarra (atañe a los términos de Javier, Sangüesa y Yesa); ‘Muga’ el de Aragón, también recurrido en la comunidad vecina y sobre el que aún no hay pronunciamiento judicial; y ‘Fronterizo’ el que se encomendó al Estado al abarcar terrenos de ambas comunidades, cuya concesión de explotación ahora avala la Justicia madrileña.
En el caso de ‘Goyo’, concesión otorgada en 2021 por el Gobierno de Navarra, la sentencia se alineaba con la tesis de los recurrentes y advertía que la Administración General del Estado “ha asumido parcial e insuficientemente la competencia que le correspondía respecto al proyecto único y supraterritorial autonómico de ‘Mina Muga’”. Y, según exponía, “se ha producido un fraccionamiento del proyecto contrario a Derecho”.
NUEVA SENTENCIA
Para Geoalcali, la actual sentencia de Madrid “confirma la legalidad del procedimiento administrativo seguido y desestima tanto las alegaciones de carácter competencial como las relativas a la normativa ambiental planteadas por la organización ecologista”. Impone las costas a la parte demandante.
“La resolución supone un nuevo respaldo judicial a la tramitación de este título minero, sin perjuicio de que la resolución definitiva sobre el conjunto del Proyecto Muga continúa pendiente ante el Tribunal Supremo”.
Y es que cabe recordar que el pasado mes de mayo el Tribunal Supremo admitía a trámite los recursos de casación interpuestos por el Gobierno de España, los gobiernos de Navarra y Aragón y la propia Geoalcali contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra relativa a la concesión ‘Goyo’.
Carles Alemán, CEO de Geoalcali, valoraba ayer estos avances para el proyecto minero. “Que el Tribunal Supremo haya admitido a trámite los recursos de casación, algo que ocurre en solo un 10-15% de los casos presentados, y que ahora otro tribunal confirme la legalidad de una de las tres concesiones del proyecto, refuerza la consistencia jurídica de Mina Muga”.
“Esperamos que el pronunciamiento definitivo del Supremo aporte la certeza necesaria para continuar con total seguridad jurídica con el proyecto. No obstante, resulta preocupante que la dilación de estos procedimientos y las actuaciones orientadas exclusivamente a obstaculizar proyectos estratégicos puedan erosionar la confianza de los inversores en España como destino de inversión industrial”, añadía.
La empresa recalcaba a su vez que “la complejidad del proyecto, que se extiende sobre dos comunidades autónomas y tres concesiones mineras (‘Goyo’, ‘Muga’ y ‘Fronterizo’), obligó a articular un procedimiento de coordinación administrativa a través de una Encomienda de Gestión, siguiendo en todo momento el criterio previamente establecido por la Abogacía del Estado”.