Pamplona

Un juzgado refrenda la resolución que anuló el acuerdo del concurso sobre el Monumento a los Caídos

El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) anuló en noviembre de 2019 el acuerdo del jurado del concurso de ideas para transformar el Monumento a los Caídos y su entorno

El Consistorio mantendrá Los Caídos como sala expositiva
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Europa Press

Publicado el 15/12/2020 a las 13:53

El juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona ha refrendado, por sentencia, la posición del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) que, en noviembre de 2019, anuló el acuerdo del jurado del concurso de ideas para transformar el Monumento a los Caídos y su entorno.

Ese acuerdo (13 de febrero de 2019) establecía las siete propuestas seleccionadas que pasaban a una segunda fase del concurso, ha informado el Ayuntamiento de Pamplona en un comunicado.

Según el texto de la sentencia, a este tipo de concursos le son aplicables los principios básicos de la contratación pública, por lo que de su carácter de 'concurso de ideas' no se puede derivar la "exigencia con una menor intensidad de los requisitos para la contratación pública", ni que "en el procedimiento de adjudicación de ese concurso de proyectos (ideas) se puedan eludir los principios básicos que han de regir la contratación pública".

Además, como ya hacía el TAN en su resolución, aprecia "falta de la obligada motivación de los actos administrativos, un requisito que se establecía en las propias bases".

A tenor literal, la sentencia establece que "el fallo del jurado no respetó, ni en el fondo ni en la forma, los requisitos de motivación que establecían las propias bases del concurso y conforme a los criterios de valoración previstos".

El juzgado recuerda que la motivación de los actos administrativos es un requisito que recoge reiteradamente la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo. Por todo ello, la sentencia desestima el recurso contra la resolución del TAN.

Según ha informado el Consistorio, cabe interponer recurso de apelación sobre esta sentencia, ante el mismo órgano que la ha dictado, durante el plazo de 15 días.

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