Pamplona

Condenado por retener a una menor de 10 años en las barracas de San Fermín

La Audiencia le impone 5 años de prisión por agarrar y levantar a una niña de 10 años y a continuación realizar tocamientos a otra de la misma edad

Vista aérea de las barracas en los Sanfermines de 2023 en el parque de la Runa
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Vista aérea de las barracas en los Sanfermines de 2023 en el parque de la RunaARCHIVO
Vista aérea de las barracas en los Sanfermines de 2023 en el parque de la Runa

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Gabriel González

Publicado el 09/10/2026 a las 05:00

La Audiencia ha condenado a 5 años de prisión al hombre que el año pasado retuvo a una menor de 10 años y realizó tocamientos a otra de la misma edad en el recinto de las barracas de San Fermín. El acusado negaba las imputaciones y alegaba que estaba bebido, pero el tribunal da credibilidad a las menores y las testigos, e impone al acusado 2 años de prisión por un delito de coacciones y 3 por un delito de agresión sexual, penas que serán sustituidas por la expulsión del país durante 10 años.

El 5 de julio de 2025, a las 22.30 horas, el acusado se encontraba en la zona de las barracas. La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia considera probado que al ver que una menor se bajaba de una atracción, se acercó a ella y le dijo “hola, qué tal”. A continuación, la agarró de la mano y, “con ánimo de restringir su libertad”, la cogió en brazos y la sujetó con fuerza para evitar que se soltara, “reteniéndola en contra de su voluntad”. La niña se puso a llorar y su madre, alertada por lo que estaba viendo, se acercó y se lo recriminó al acusado. El hombre soltó a la niña y se marchó.

Solo unos minutos después, sigue la sentencia, se acercó a otra menor de la misma edad, que también se encontraba en el recinto con su madre, abuela y otras personas, y le realizó tocamientos. La niña se asustó y se puso a llorar. La madre y la abuela reprocharon al acusado lo que estaba haciendo y requirieron la intervención de una patrulla de la Policía Nacional que pasaba por el lugar.

El acusado, en prisión desde entonces, declaró en el juicio que estas imputaciones no eran ciertas. Dijo que estaba borracho, que había bebido vino y fumado hachís. Y aunque reconoció que intentó levantar a la primera niña, dijo que lo hizo para “intentar salvarla”, sin explicarlo. Solo dijo que había un coche. Al ver a la madre enfadada, añadió, la dejó. Sobre el segundo caso, afirmó que no lo conocía.

El tribunal concluye que las dos niñas dijeron la verdad. Resalta que sus versiones fueron “reiteradas”, situando en tiempo y lugar lo ocurrido, y que además fueron corroboradas por sus familiares y las psicólogas forenses. Por el contrario, los jueces estiman que la versión del acusado “no es coherente”. Sobre el primer caso, resaltan que dijo que había un vehículo, “cuando en el recinto ferial no circulan vehículos”, y que tampoco explicó “la supuesta situación de peligro” que le hizo cogerla en brazos. En cuanto la segunda niña, descartan que fuera un roce casual, pues de la descripción de la niña y sus familiares se aprecia que fue intencionado.

A la hora de imponer la pena, los magistrados tienen en cuenta “la gravedad” de la primera acción, en un lugar “en el que la vigilancia de los menores se ve dificultada por la concentración de personas y el bullicio propio de las barracas”, una situación que además favorece la huida. También resaltan la “peligrosidad” del acusado, que a continuación cometió un delito contra la libertad sexual sobre otra menor de la misma edad.

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