Sentencia

El TAN desestima el recurso: pagar primero, reclamar después… no es posible

La resolución confirma una sanción de 300 euros por tenencia de cannabis y recuerda que, al abonar la multa de forma voluntaria, el acusado reconoce su responsabilidad

Un agente de la Policía Municipal de Pamplona
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Un agente de la Policía Municipal de Pamplona
Un agente de la Policía Municipal de Pamplona

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Noelia Gorbea

Publicado el 06/10/2025 a las 19:00

La sanción ascendía a 300,50 euros, cantidad que un vecino de Pamplona abonó de manera voluntaria en cuanto se le notificó el importe. Este gesto, según recalca ahora el Tribunal Administrativo de Navarra, no solo supone una reducción en la cuantía de la multa, sino también el reconocimiento expreso de responsabilidad; así como la renuncia a interponer recursos posteriores. Es decir, haber abonado el dinero le cierra la puerta a una futura reclamación. 

Pero para entender la situación, es necesario retrotraerse hasta una madrugada de sábado en el Paseo Hemingway de Pamplona. Agentes de Policía Municipal denuncian a un varón por tenencia de sustancias estupefacientes en la vía pública. En concreto, y a pesar de haber tirado al suelo la droga, los oficiales le intervinieron 0,67 gramos de resina de cannabis

El sancionado, que negó los hechos en su recurso, alega que no portaba droga alguna y que el hachís pertenecía a otra persona del grupo. Sin embargo, el TAN considera suficientemente probada la infracción; y recuerda que las actas de la autoridad competente, en este caso Policía Municipal, constituyen una prueba válida salvo que se demuestre lo contrario. 

Con esta decisión, el TAN confirma la resolución dictada por la Concejalía de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona y declara ajustada a derecho la sanción. El caso vuelve a poner de relieve la importancia de las consecuencias legales derivadas de abonar voluntariamente una multa, ya que este acto limita de forma significativa las posibilidades de defensa en instancias administrativas.

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