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Condenan a un taller de Pamplona por causar el siniestro total del camión que estaba reparando

Los mecánicos generaron un incendio en el sistema eléctrico y apagaron el fuego con agua, por lo que tendrán que indemnizar al dueño con 9.570 euros 

Un mecánico ajusta un tornillo de un motor /
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Un mecánico ajusta un tornillo de un motor /
Un mecánico ajusta un tornillo de un motor /

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Gabriel González

Publicado el 30/03/2025 a las 05:00

Un taller mecánico de Pamplona ha sido condenado a pagar una indemnización de 9.570 euros por haber causado el siniestro total de un camión que estaba reparando. El juzgado de Primera Instancia nº 5 ve acreditado que los operarios provocaron un incendio en el motor de arranque y después cometieron el error de apagarlo con agua, por lo que condena al taller a compensar los daños por una actuación “negligente”. La sentencia admite recurso.

El demandante relataba que el 3 de octubre de 2023 llevó su camión-furgoneta al taller . Sin embargo, debido a un error al realizar la conexión eléctrica (juntaron positivo con positivo y negativo con negativo), los mecánicos generaron un incendio en el cableado y lo sofocaron con agua. Posteriormente, seguía la demanda, desmontaron cables y realizaron empalmes que provocaron aún más daños.

El taller rechazó cualquier responsabilidad. Entendía que la reparación fue correcta y que los daños se derivaron por una gestión inadecuada por parte del demandante. El entonces propietario del taller y un empleado reconocieron el error de apagar el fuego con agua, pero aseguraron que una vez cambiada la instalación quemada el camión circulaba de manera adecuada.

La magistrada rechaza estas conclusiones, no solo por apreciar contradicciones entre ellos sobre quién realizó la reparación, sino porque considera demostrado que el camión “salió de las instalaciones sin estar reparado”. El demandante tuvo que llevar el vehículo a otro taller, donde observaron un “grave deterioro” en la instalación eléctrica del motor que no se podía reparar: cualquier arreglo iba a ser temporal y además antieconómico.

El perito del demandante, representado por la abogada Patricia Ruiz de Erenchun, detectó tres negligencias en el taller: una incorrecta reparación que produjo el cortocircuito, el uso del agua para apagar el incendio, “pues esta sirve de conductor para que la electricidad se extienda a otras partes del vehículo, por lo que no se sabe el alcance que ha causado el fuego en el camión”, y una reparación “inadecuada” de los efectos del incendio, ya que una mera sustitución de los cables “no solventa el daño”. Como consecuencia, el vehículo debía ser declarado siniestro total.

La sentencia condena de esta manera al taller a indemnizar al chófer con el valor de mercado de un camión similar, por el alquiler que pagó por otro vehículo mientras el suyo estaba en el taller y por una autorización de transporte. En total, 9.570 euros.

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