Salarios
El TAN otorga a inspectores y escoltas de policía municipal un complemento salarial
El tribunal reconoce su derecho a cobrar el 17% de complemento por haber superado las pruebas físicas al igual que se compensa en Policía Foral


Publicado el 24/01/2025 a las 05:00
El Tribunal Administrativo de Navarra ha dado la razón al colectivo de escoltas e inspectores de la Policía Municipal de Pamplona y ha resuelto que el Ayuntamiento de la capital navarra tendrá que abonarles un complemento del 17% de su salario base como compensación económica por haber superado las pruebas físicas, tal y como viene recogido en la Ley de Policías y como ya reconoció el consistorio al resto de agentes del cuerpo. La resolución es recurrible.
Tras varias reclamaciones y sentencias, el Ayuntamiento de Pamplona ya pagó este complemento en 2023 y en agosto del año pasado efectuó el pago retroactivo de 2018 a 2022, destinando para estos atrasos 6,5 millones que se abonaron a 477 agentes. Sin embargo, no todos los policías cobraron ese 17%, que equiparaba a los agentes municipales con la Policía Foral. En el caso de los inspectores y escoltas, el porcentaje de ese complemento fue interior. De media, a los escoltas cobraron un 12,2% y los inspectores un 9,2%.
Para argumentar este cobro inferior, el Ayuntamiento explicaba por un lado que el complemento de puesto trabajo tiene como límite un 75%, y si se les abonaba el 17% lo superarían. De ahí que les pagara un porcentaje inferior. Además, sostenía que en la equiparación retributiva de un concepto hay que tener en consideración el conjunto: jornadas, horarios y otros conceptos retributivos, algo que requiere “las correspondientes valoraciones de puestos de trabajo y su paso por la Mesa de Negociación”.
Tras la denegación del complemento, un total de 22 escoltas e inspectores de la Policía Municipal, representados por el abogado Guillermo Chaverri, recurrieron al Tribunal Administrativo de Navarra. Reclamaban que el complemento de puesto de trabajo alcanzara el 17% del salario base, tal y como marca la Ley de Policías. El tribunal les ha dado la razón.
La resolución sostiene que esta compensación es un concepto retributivo, “y como concepto retributivo entra dentro del marco de equiparación”. “Asiste el derecho a los interesados a que se compense a sus representados por la superación (si, en efecto, las han superado) de pruebas físicas, con carácter anual, del mismo modo en que se compensa a los miembros de la Policía Foral”. También se les concede el carácter retroactivo”.