Tribunales
Condenado por golpear a su madre, con alzheimer, porque iba despacio por Pamplona
El juzgado le impuso 3 meses de cárcel y 15 de alejamiento por propinar “un tortazo en la nuca” a la mujer, de 82 años, en un paseo por la Taconera


Publicado el 13/06/2024 a las 05:00
Un hombre ha sido condenado a 3 meses de prisión por haber propinado un tortazo en la nuca a su madre, de 82 años y enferma de alzheimer, porque “iba despacio” durante un paseo por el parque de la Taconera de Pamplona. La sentencia, por un delito de maltrato familiar ocasional, también incluye una orden de alejamiento del hijo sobre la madre, una medida que el tribunal considera “plenamente justificada” por encontrarse la mujer en una situación de discapacidad.
Los hechos tuvieron lugar el 1 mayo de 2021. Según vio probado el Juzgado de lo Penal nº 2, sobre las cuatro y cuarto de esa tarde, el acusado paseaba con su madre por la Taconera cuando, “molesto porque iba despacio”, le propinó “un tortazo en la nuca”. A consecuencia del golpe, la mujer sufrió “lesiones que precisaron una primera asistencia medica”. La sentencia destaca que la mujer estaba enferma, “con progresión del deterioro” y que “precisaba de andador para desplazarse”. El juzgado condenó al hombre a tres meses de prisión y la prohibición de acercarse a su madre a 300 metros durante quince meses.
El acusado recurrió. Alegaba que la declaración del principal testigo “carecía de lógica”, pues dijo que el golpe se produjo cuando la mujer estaba sentada y que se inclinó hacia adelante, “cuando lo razonable por su edad y estado es que se hubiera caído”. Sobre la orden de alejamiento, la consideraba desproporcionada, pues es su único hijo y la única persona que la visita en la residencia.
La Sección Primera de la Audiencia ha desestimado su recurso. Argumenta que la Policía Municipal acudió tras la llamada de un testigo y que en el atestado constan tres personas que vieron “actos de violencia física sobre la víctima por parte del condenado”. “No hay versiones contradictorias por parte del agente ni elementos que hagan pensar en la inexactitud de los hechos”. Los jueces valoran como “coherente y verosímil” la declaración del principal testigo: “Un golpe a una persona cuando se encuentra sentada no tiene por qué hacerle caer al suelo, a no ser que sea de tal violencia que provoque que el cuerpo se doble desmesuradamente y salga despedido hacia adelante”. Sobre la orden de alejamiento, la consideran “una medida de protección inexorable” cuando las víctimas son vulnerables.