Tribunales
Más de 8 años de cárcel por dar una paliza con "violencia extrema" a un joven en Nochevieja en Pamplona
La víctima perdió la visión del ojo derecho al ser agredido a raíz de un incidente por la música en la zona de Caballo Blanco


Actualizado el 27/09/2023 a las 14:40
Los dos autores de la violenta paliza a un joven en la Nochevieja del año pasado en Pamplona han sido condenados a 8 años y medio de cárcel y al pago conjunto de 293.913 euros a la víctima, que perdió la visión de un ojo. La Sección Primera de la Audiencia Provincial les aplica la agravante de alevosía y la atenuante de actuar influenciado por las drogas, les impone la pena de acuerdo a la "violencia extrema" que emplearon y a sus antecedentes por hechos similares.
La agresión se produjo sobre las cuatro de la madrugada del 1 de enero de 2022 en la zona del Caballo Blanco de la capital navarra. La víctima y sus amigos se encontraban poniendo música a través de un altavoz cuando se acercó uno de los acusados y "comenzó a molestar y provocar". Molestos por esta actitud, el grupo de jóvenes se marchó. Pero mientras caminaban por la calle Redín hacia la calle Carmen, apareció de nuevo por detrás el acusado en compañía del otro procesado y de un grupo de personas. Y de manera "sorpresiva y por la espalda", les atacaron. A la víctima, una persona no identificada le puso la zancadilla y cayó al suelo, donde los dos acusados, "actuando de común acuerdo", comenzaron a propinarle múltiples patadas y puñetazos en la cara.
"Él no pudo hacer nada por protegerse salvo taparse la cabeza, hasta que llegó un momento en el que dejó de moverse, pese a lo cual los acusados siguieron golpeándole en la cabeza". Como consecuencia de esta violenta agresión, la víctima sufrió el estallido del globo ocular del ojo derecho y fracturas en la órbita ocular, además de daños en un cliente. A raíz de la pérdida de visión, el joven, defendido por el abogado Javier Asiáin, ha tenido que cambiar de trabajo.
Los acusados reconocieron en el juicio haber estado en el incidente de la música, pero no en el segundo. Los magistrados no ven sustento a su coartada, entre otros motivos porque fueron identificados por varios testigos, tanto en la fase de instrucción como en la vista oral. De entrada, la sentencia califica de "injustificada" la discusión inicial, que se originó a raíz de que el grupo de la víctima no quería poner las canciones solicitadas por uno de los acusados. En el incidente posterior, los magistrados ven probada la existencia de la alevosía, ya que los dos acusados actuaron por sorpresa y por la espalda, incluso con lanzamiento de botellas, sin que ninguna persona del grupo de la víctima llegara a hacer uso de fuerza. "Y después de que cayera al suelo, y sin poder moverse ni defenderse, continuaron con la agresión con sucesivas patadas en la cabeza, con pleno conocimiento y asunción de la acción". Sobre la pena, les impone una condena próxima al máximo posible por el uso de una "violencia extrema" durante la agresión y por la "peligrosidad que parece concurrir en las conductas sociales de los acusados, vistas las condenas precedentes por hechos violentos" que tienen por otros incidentes. A la hora de concretar la indemnización, el tribunal la cifra en 207.857,56 euros, pero le añade el 40% por no tratarse de un delito imprudente sino de uno doloso con especial violencia que ha causado un daño moral relevante en la víctima.