Urbanismo
El TAN avala la construcción del bloque de Felisa Munárriz con el que se cerrará la plaza
24 familias de Julián Gayarre recurrieron al tribunal para que se anulara la puesta en pie de un edificio de 27 metros que les deja encerrados


Publicado el 05/05/2022 a las 09:10
¿Estuvo bien que el Ayuntamiento de Pamplona, en 1990, decidiera cambiar las VPO de la plaza Felisa Munárriz por vivienda libre? Pues han pasado más de treinta años y, dice el Tribunal Administrativo de Navarra (TAN), que ni debe ni puede pronunciarse "en razón del paso tan prolongado de los años y del carácter pacífico con el que el plan se ha desarrollado desde entonces".
Pero sí puede hacerlo sobre la construcción de un bloque de 27 metros de altura que cerrará la plaza y dejará sin salida a los portales 20, 18 y 16 de la trasera de la calle Julián Gayarre y de Felisa Munárriz y sobre el que presentaron un recurso las 24 familias residentes en estas viviendas . Y la resolución del TAN-contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra- avala la puesta en pie de este nuevo inmueble.
Las VPO aparecían en la aprobación que en diciembre de 1989 hizo el pleno del Plan Especial de Reforma Interior (PERI) de la Milagrosa (los actuales Plan Especial de Actuación Urbana). Las familias se percataron de que este PERI no había cumplimentado el último paso administrativo para su entrada en vigor, que se publicara en el Boletín Oficial de Navarra (BON). Y lo hizo el 24 de enero de 2020. Pero poco después, el 12 de febrero de 2021 el BON recogía de nuevo el PERI de Felisa Munárriz, aunque esta vez indicando que las viviendas eran libres.
Publicación errónea
¿Y eso que suponía? Pues permitir la construcción de bloques rematados con áticos duplex que elevaban la altura de los edificios hasta 27 metros, impensables en una VPO. "Pero no han justificado el cambio de modelo", protestaron ante el tribunal las familias. Ante ellos no, pero sí en el TAN donde indicaron que se trataba de un error, que lo publicado en enero de 2020 era el acuerdo provisional, no el definitivo aprobado en 1990 en el que se produjo este cambio.
Una explicación que en su resolución avala el TAN. "Hemos comprobado que el documento publicado en febrero de 2021 se corresponde con el PERI aprobado definitivamente en 1990”, para añadir: “La mención a la VPO desaparece tanto la normativa urbanística como de las previsiones gráficas en el documento aprobado definitivamente en 1990".
"Las comunidades recurrentes pretenden la anulación de determinaciones que fueron aprobadas definitivamente en 1990, que pudieron impugnar entonces y fueron publicadas en enero de 2020 y también pudieron impugnar entonces. La corrección de errores de febrero de 2021 no hace sino volver a repetir lo que ha estado al alcance del recurso de las comunidades de propietarios recurrentes desde hace más de treinta años". En definitiva, que se deben aplicar los mismos criterios urbanísticos que en el resto de la plaza porque así lo acordó el Ayuntamiento en 1990.