Vivienda

Miles de navarros, pendientes de si podrán prorrogar sus alquileres

En uno de los decretos que este miércoles aprobó Moncloa también se regula el régimen jurídico del alquiler de temporada, algo que no pudo hacer Navarra en la norma que aprobó en junio al ser competencia estatal

Vista aérea de viviendas en el centro de Pamplona.
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Vista aérea de viviendas en el centro de Pamplona.J.C.CORDOVILLA
Vista aérea de viviendas en el centro de Pamplona.

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Diana de Miguel

Publicado el 30/09/2026 a las 05:00

Navarra, con competencia exclusiva en materia de vivienda y un régimen fiscal propio, ha venido aprobando en los últimos meses diferentes normativas que van más allá de la declaración de las zonas de mercado tensionado. En la práctica y en lo que respecta al alquiler, se trata de cambios para intervenir y controlar este marcado bajo el pretexto de dotarle de una mayor seguridad reforzando la protección de los inquilinos y, al mismo tiempo, incentivando que los propietarios mantengan sus viviendas en el mercado de alquiler habitual. 

Ahora, algunas de las medidas que ya están en vigor en la comunidad, como la regulación de las viviendas de alquiler temporal y por habitaciones que el Parlamento aprobó en junio, o los incentivos a los propietarios que apuesten por el mercado de arrendamiento residencial a precios contenidos, se han incluido en los dos Reales Decretos que el Gobierno aprobó este martes y que este viernes llevará al Congreso para su convalidación. 

Pero entre las medidas aprobadas también se incluyen decisiones a las que, de salir adelante, podrán acogerse miles de inquilinos navarros. Entre ellas, la prórroga extraordinaria de los alquileres de vivienda habitual durante dos años. Hay que tener en cuenta que los contratos de arrendamiento en España se suelen firmar en la mayoría de los casos por un periodo de cinco años (que puede resolverse antes si cualquiera de las partes lo comunica con el debido tiempo) y puede renovarse año a año hasta un máximo de tres. Al finalizar esos cinco años, el propietario puede optar por firmar un nuevo contrato con la renta que estime adecuada o renovar el existente y actualizar la renta según el índice correspondiente.

Con esta nueva norma, un inquilino al que el contrato le vence de aquí a dos años podrá solicitar que el arrendamiento se amplíe otros dos años más. El inquilino debe estar al corriente de pago y haber pagado mensualmente la renta durante los ocho años anteriores. Un impacto no menor tendrá la incorporación a la ley de arrendamiento urbano (LAU) del contrato de temporada de vivienda completa que limita y clarifica su uso para evitar el fraude. Al ser esta norma de competencia estatal el Ejecutivo navarro no había podía ir tan lejos en su normativa Bajo estas líneas se repasan algunas de las medidas de mayor calado y su traslación a la comunidad.

Prórroga de los contratos de alquiler

Los inquilinos navarros con contratos que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028 podrán solicitar a sus caseros una prórroga extraordinaria de dos años. Esta medida, incluida en el decreto que aprobó este martes el Gobierno y quiere convalidar de urgencia en el Congreso este viernes, afecta a todos los contratos de alquiler de vivienda habitual de la comunidad (estén o no en zonas tensionadas) que se encuentre dentro de ese periodo de vigencia y que podrán mantener durante esos dos años adicionales las mismas condiciones económicas y contractuales. De momento se desconoce cuántos inquilinos podrán acogerse a esta prórroga aunque se espera que puedan ser varios miles.

Aunque la prórroga de los contratos, durante hasta tres años, ya está contemplada en la ley de arrendamientos urbanos (LAU) para los inmuebles ubicados en zonas de mercado tensionado donde se agrupan más del 80% alquileres en Navarra, en la práctica esta prórroga no se estaba solicitando ya que únicamente se puede aplicar, tal y como se recoge en la disposición transitoria de la ley de vivienda estatal, a los contratos firmados tras la aprobación en 2023 de esa norma que entró en vigor en mayo de ese año. Hasta ahora, los contratos anteriores a esa fecha se han venido rigiendo por el régimen jurídico anterior aunque eso puede cambiar si el viernes sale adelante el decreto que incluye la medida.

Conviene recordar que en Navarra, desde 2025, a los alquileres ubicados en zonas de mercado tensionado se les aplica un sistema de referencia de precios que interviene de forma estricta la fijación de las rentas de las viviendas que no han estado alquiladas en los últimos cinco años y para el resto se toma como referencia la renta pactada en el contrato anterior.

Alquileres de temporada y por habitaciones

Aunque Navarra aprobó en junio una normativa propia para estos contratos, lo que se plantea ahora es llevar los contratos de temporada a la LAU, algo que no pudo hacer Navarra al ser competencia estatal. De esta forma, se regula el régimen jurídico de estos contratos, que hasta ahora quedaban sujetos a las normas generales del Código Civil. En la regulación que hizo Navarra no se iba más allá de la sanción administrativa.

Medidas contra las compras especulativas

Es algo que el Ejecutivo navarro ya ha llevado a su normativa con el blindaje de la VPO de alquiler que aprobó en junio para impedir a los grandes propietarios de vivienda de VPO en régimen de alquiler venderla en el mercado libre después de que haya caducado el periodo de protección que hasta ahora tenían por ley y que duraba 21 años. En todo caso, aún está por ver qué solución se alcanza para las 500 viviendas de Testa y 168 de Catella, que han pasado o están pasando al mercado libre y si finalmente el margen presupuestario permite a Navarra recomprar esas viviendas para devolverlas al parque público de alquiler.

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