Subvenciones

Salud convoca ayudas para el tratamiento de personas diagnosticadas de trastorno del espectro autista

Las subvenciones se pueden solicitar desde el 8 de septiembre y deberán destinarse a complementar el tratamiento a personas afectadas

Un niño se tapa los oídos ante una ventana
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Diario de Navarra

Publicado el 07/09/2026 a las 10:20

El Departamento de Salud ha convocado una subvención, dotada con 173.307,17 euros, destinada a costear, total o parcialmente, el tratamiento a personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).

La nueva convocatoria, publicada en el BON, introduce cambios respecto a años anteriores, orientados a alinearse con el objetivo de protección a la infancia y adolescencia que, hace ya 10 años, motivó el impulso de su creación.

En la convocatoria de 2024, 294 personas se beneficiaron de esta ayuda, con un importe medio de 581,63 euros por persona.

MODIFICACIONES EN 2026

La edad de cobertura, anteriormente sin limitación, incluye a menores de 18 años y personas adultas menores de 23 años, o de entre 23 y 26 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65% acreditada antes de cumplir los 23 años. En todos los casos, el diagnóstico tendrá que haberse realizado con anterioridad a los 18 años cumplidos.

Otro cambio, reside en la fecha del periodo subvencionable, que este año se establece para las intervenciones terapéuticas llevadas a cabo entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de junio de 2026, ambos inclusive.

Con el fin de mejorar y optimizar la eficiencia de los recursos disponibles y la coordinación entre las distintas administraciones que ofrecen ayudas destinadas a cubrir necesidades complementarias de personas con diagnóstico de Trastorno del Espectro Autista, el periodo de cobertura de esta subvención se armoniza con el de la convocatoria de Ayudas para alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo del Ministerio de Educación.

Esta medida permitirá brindar una atención integral y más eficaz a las personas beneficiarias, favoreciendo una cobertura homogénea y sostenible en el abordaje de esta patología. Las tarifas máximas establecidas para las ayudas son de 40 euros por hora o sesión individual y 16 euros por hora grupal. Se subvencionarán un máximo de 8 horas mensuales por terapia, tanto para la individual como grupal.

Estas ayudas son compatibles con cualquier otro tipo de subvención o ayuda, sin que en ningún caso el importe total de lo concedido por todas ellas pueda ser superior al coste total de la intervención recibida.

AYUDAS EQUITATIVAS

Con el objetivo de mejorar la equidad en la percepción de las ayudas, se ha reestructurado el sistema de valoración de reparto, estableciendo un sistema de asignación basado en la aplicación de dos tramos: un primer tramo de protección del gasto básico, para el que se ha establecido una Cuantía Mínima de Referencia (CMR) correspondiente a la media de la convocatoria anterior, y un segundo tramo que distribuirá el presupuesto restante, si lo hubiera, entre los importes que superen en gasto la CMR, de tal forma que cada una de ellas reciba el mismo porcentaje sobre el gasto realizado.

Así mismo, quedarán exentas tanto de la aplicación de la CMR como del prorrateo, aquellas personas beneficiarias que pertenezcan a una unidad familiar en la que durante los años 2025 y/o 2026 cualquiera de sus miembros hubiese sido víctima de violencia de género, o cuente con una renta de inclusión social o renta garantizada.

REQUISITOS

Las personas beneficiarias de las ayudas deberán reunir los siguientes requisitos: tener un diagnóstico de trastorno del espectro autista; ser menor de 23 años, o tener entre 23 y 26 años y un grado de discapacidad igual o superior al 65% acreditada antes de cumplir los 23 años, en el momento de recibir la intervención terapéutica; que la conveniencia del o los tratamientos haya sido indicada por un o una profesional debidamente acreditado/a e implicado/a en la atención de la persona beneficiaria; residir de forma estable en Navarra durante al menos un año, antes al 30 de junio de 2026.

Los tratamientos incluidos en la ayuda han de cumplir los siguientes requisitos: estar homologados y ser de probada eficacia, haber sido indicados e impartidos por profesionales con la debida titulación y acreditación o formación para ello y realizarse en centros acreditados para el desarrollo de actividades sanitarias.

La solicitud deberá ir siempre a nombre de la persona beneficiaria (quien recibe el tratamiento). En caso de ser menor de edad o tener una tutela legal, quien presente la solicitud actuará como su representante. Podrán actuar como tales el padre, la madre, tutor, tutora o representante legal en nombre de dicha persona beneficiaria.

CÓMO SOLICITAR LAS AYUDAS

La presentación de solicitudes comenzará el día 8 de septiembre de 2026 y finalizará el de 28 de septiembre del mismo año y se harán, preferentemente, a través del apartado de tramitación de la ficha correspondiente del Catálogo de Servicios del Gobierno de Navarra

Podrán presentarse también a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, así como en el Registro del Departamento de Salud (C/ Tudela, 20, Pamplona / Iruña), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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