VPO

Vivienda ha denegado 59 VPO en Navarra por no justificar el saldo de la cuenta bancaria

En cuatro de los casos se debió a que en la cuenta había más de un titular, por lo que se dividía el saldo y así no se llegaba al mínimo de 8.000 euros

Un bloque de viviendas en una imagen de archivo
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Un bloque de viviendas en una imagen de archivo

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Gabriel González

Publicado el 28/07/2026 a las 05:00

El baremo para acceder a una Vivienda de Protección Oficial otorga 3 puntos por cada año que una persona solicitante acredite que dispone de una cuenta bancaria con 8.000 euros o más a 31 de diciembre. Sin embargo, no todas las personas logran acreditar este requisito: en los últimos dos años y medio, el departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra ha denegado un total de 59 firmas de contrato de compra de vivienda por no haber justificado el saldo en cuenta.

De todas ellas, solo cuatro lo fueron porque en la cuenta no aparecía un solo titular, sino varios, por lo que el departamento procedía a dividir el saldo total entre el número de titulares y así no se alcanzaba el mínimo de 8.000. Tres de estos cuatro casos, según datos facilitados por el departamento, presentaron recurso de alzada y todos se desestimaron. Solo uno acudió a la justicia. Hace unas semanas, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra dio la razón al solicitante y condenó al departamento a autorizar la compraventa de aquella vivienda.

El caso, que ya es firme, fue noticia recientemente. En su argumentación, los jueces recogían que la postura del Gobierno de Navarra era contraria a la doctrina del Tribunal Supremo. Aunque exista una cotitularidad en un producto financiero, "no se puede presumir que los ingresos pertenecen por igual a los cotitulares", sino que hay que analizar "las relaciones internas entre los interesados". Es decir, no es lo mismo ser cotitular de una cuenta que copropietario a partes iguales del dinero que hay en ella. Y en este caso, veían "lógico y coherente" que se considerara que la cuenta era solo titularidad de la joven y no de sus padres. Por todo ello, ratificaba que había que autorizar el contrato de compraventa de vivienda entre los recurrentes y la promotora.

Desde el departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra sostienen que no se dispone de capacidad para analizarlos ingresos y gastos de todas las cuentas bancarias presentadas, por las miles de personas que optan a una VPO. Recuerdan que cada promoción de vivienda pública que se lanza va seguida de una lista provisional de personas adjudicatarias de entre todas las presentadas. Después, cada adjudicataria tiene que acreditar que cumple con los requisitos que incluía en su solicitud. Una vez realizado este cribado, salen las listas definitivas. Y es en ese intermedio donde Vivienda ha denegado un total de 59 compraventas de VPO por no poder acreditar el saldo de sus cuentas.

De todas ellas, solo cuatro fueron denegadas por figurar dos o más titulares de las cuentas. "No es algo habitual", apuntan desde el departamento de Vivienda. En el único caso que llegó a juicio y que ha acabado dando la razón al demandante, se da la circunstancia de que la condena no se puede aplicar en sentido literal, pues esa vivienda ya se adjudicó en su día, por lo que se iba a buscar otra solución. Desde el departamento explican que en casos de recursos de alzada, que suelen tardar un mes, sí que se espera a la resolución, pero que en procesos judiciales no es viable aguardar a un desenlace que puede tardar dos años.

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