Campaña IRPF
Cuenta atrás para presentar la declaración de la renta en Navarra
La Hacienda Navarra y los contribuyentes encaran la recta final de la campaña. Hasta el lunes se habían registrado 190.698 declaraciones, 9.400 más que el año pasado


Publicado el 23/06/2026 a las 18:37
Este jueves 25 de junio es el último día para que los contribuyentes navarros presenten la declaración de la renta ante la Hacienda Navarra. Desde que se abrió la campaña, el pasado 9 de abril, y hasta este lunes el organismo autónomo había recibido 190.698 declaraciones, 9.400 más que las recibidas el año pasado, sin contar las 221.446 propuestas que elaboró Hacienda para el arranque de la campaña, 134.661 de ellas a devolver. Finalizado el plazo establecido, la presentación del Impuesto solo podrá realizarse mediante las modalidades "Renta online" de presentación electrónica por Internet o mediante la utilización de otros programas de confección y presentación de autoliquidaciones, exclusivamente mediante procedimientos electrónicos.
La campaña de la Renta de 2025 llegó con novedades en materia de vivienda, con nuevos incentivos al alquiler permanente, y en movilidad, entre otros muchos ámbitos. Están obligados a presentar la declaración los contribuyentes que tengan su residencia habitual en Navarra y obtengan rentas sometidas al mismo. Quedan excluidos los rendimientos del trabajo inferiores a 14.500 euros íntegros anuales y los rendimientos del capital mobiliario e incrementos de patrimonio, sometidos a retención o ingreso a cuenta que conjuntamente sean inferiores a 1.600 euros íntegros anuales.
Cuando no todos los miembros integrados en una unidad familiar tuvieran su residencia habitual en territorio navarro y optasen por la tributación conjunta, estarán obligados a presentar la declaración en la Comunidad Foral si en su territorio reside el miembro de dicha unidad familiar con mayor base liquidable, calculada conforme a normativa foral.
El PRIMER PAGO, EL 3 DE JULIO
Los contribuyentes que no estén obligados a presentarla y hayan soportado retenciones e ingresos a cuenta o efectuado pagos fraccionados que superen la cuota líquida, con el fin de obtener la devolución de la cantidad resultante, también podrán presentarla.
En las declaraciones con resultado a pagar, el pago se ingresará el día 3 de julio de 2026 y, en caso de fraccionamiento del pago, se ingresará sin interés ni recargo alguno, en dos partes:
Primer pago, del 50% del importe de la deuda, hasta el día 3 de julio de 2026, inclusive.
Segundo pago, del resto, hasta el día 20 de noviembre de 2026, inclusive.