Sentencia

Reconocen a un policía foral que los días de asuntos propios se computen por jornada efectiva y no por horas

El TSJN da la razón al sindicato CSIF/SPF, después de que a un policía foral se le contaran las horas de una jornada general y no la suya 

Patrullas de la Policía Foral, por Pamplona
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Patrullas de la Policía Foral, por PamplonaArchivo
Patrullas de la Policía Foral, por Pamplona

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Gabriel González

Publicado el 16/06/2026 a las 05:00

Un policía foral solicitó disfrutar del quinto día de asuntos propios que tienen reconocido, pero la petición le fue desestimada. El motivo, que según el Gobierno de Navarra estos días se deben computar según la jornada diaria general de los funcionarios (7 horas y 20 minutos) y no por las 8 de la suya, y por tanto ya no le quedaban horas para esa quinta jornada. El Sindicato de Policía Foral CSIF/SPF recurrió y primero el juzgado y ahora el TSJN han dado la razón al agente: “La norma habla de cinco días laborales de permiso, días laborales, y no se habla en su regulación de horas y tampoco de días laborales de jornada diaria con carácter general”. 

De esta manera, la justicia establece que los días de asuntos particulares deben computarse según la jornada efectiva prevista en el régimen horario de un policía foral, según su especialidad, y no con respecto a la jornada estándar de un funcionario. Las sentencias del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 y la Sala del TSJN, subrayan al respecto que en otros permisos, como el de fallecimiento, “no se hace el cómputo por horas .

APLICABLE A OTROS ÁMBITOS

El sindicato CSIF /SPF valora que la sentencia que ha dado la razón al agente, defendido por el abogado Fernando Isasi, supone “un importante reconocimiento de los derechos de los miembros de la Policía Foral, que incluso podría ser aplicable a otros ámbitos de la Administración con turnos y horarios diferentes al general,  al adecuar el cómputo de estos permisos a la realidad de su régimen de trabajo y evitar una interpretación que perjudicaba a los agentes afectados”. 

Desde el sindicato añaden que el fallo “garantiza una aplicación más justa de la normativa vigente”. “Aunque la sentencia todavía puede ser objeto de recurso de casación, mostramos nuestra satisfacción por el reconocimiento del derecho reclamado y por la rectificación de una práctica administrativa que venía generando un perjuicio para los policías forales”.

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