Intento de okupación
La inquilina de San Jorge llevaba unos 20 días fuera del país: ¿qué sucede si te okupan la vivienda cuando no estás?
La Policía Nacional explica que el intento de ocupar un domicilio habitado es un delito grave que implica la detención inmediata. En el caso de San Jorge, la inquilina llevaba entre 15-20 días fuera del país y fue una vecina la que dio el aviso


Actualizado el 26/02/2026 a las 12:05
Las tres personas arrestadas por la Policía Nacional como responsables de un delito de robo en casa habitada y de daños al ser sorprendidos en un unifamiliar del barrio de San Jorge tenían intención de quedarse en el domicilio.
Dos varones adultos y una menor que según cree la Policía habían observado que en el inmueble no había nadie y que pensaron por eso que iban a poder entrar y quedarse allí.
De hecho, junto a la puerta de entrada que habían forzado los agentes hallaron un bombín con el que tenían intención de cambiar la cerradura.
La propietaria llevaba 15-20 días fuera del país y fue una vecina la que advirtió la presencia de estas tres personas ajenas al barrio.
Tampoco habían 'cuidado' en exceso el interior. Durante la intervención, los agentes de Policía Nacional encontraron revueltas varias estancias, así como el frigorífico, y sustancias estupefacientes.
"Hay que agradecer a esa vecina que diera el aviso a la policía, siempre lo decimos, preferimos ir en vano a que se hubieran aposentado por más tiempo y el destrozo hubiera sido mayor, que llevaban 20 horas y habían arrasado, pero el plan les hubiera salido mal de todas formas. No hubieran podido quedarse. A pesar del cambio de bombín, de la presencia de una menor, de todo lo que dice la gente, los agentes les hubieran podido sacar de allí".
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Según explican desde la Policía Nacional, la vivienda habitada en sentido amplio es un concepto jurídico muy protegido en España.
"Violar la intimidad de un domicilio es un delito que acarrea penas graves y que no se puede hacer. Ni siquiera una patrulla puede, se requiere la autorización, la orden de un juez".
Así, quieren desterrar los bulos existentes que sostienen que uno puede sufrir la okupación de su casa mientras está ingresado en el hospital o cuando se ha marchado de vacaciones, por ejemplo.
"Si una casa está habitada, el Derecho considera que el bien que se está atacando pertenece a la intimidad de la persona, es su domicilio. Se les puede imputar un allanamiento de morada y se le detiene en el momento o, como en este caso, directamente el robo y los daños".
En ese abanico se incluyen segundas residencias también, que si se utilizan se entienden asimismo como domicilio aunque no estén habitadas a diario. La situación sí se complica cuando el inmueble no constituye domicilio. "En ese caso el bien jurídico 'atacado' no es la intimidad, sino la propiedad. El procedimiento varía".
También puede ocurrir que, tras el aviso de la vecina, los policías acudan al domicilio y efectivamente encuentren a a tres personas dentro, pero una de ellas explique y demuestre que es, por ejemplo, el sobrino de la propietaria.
"Hay muchas situaciones diferentes, pero la gente puede estar tranquila. La ley impide que alguien entre en un piso habitado, cambie la cerradura y se atrinchere dentro".
En el caso de San Jorge, los inquilinos distaban de ser parientes. Dos varones adultos de origen argelino y dominicano. junto a una menor, que vieron que su plan de 'todo incluido' en un unifamiliar de dos plantas terminaba de forma abrupta, vía arresto en el calabozo.