Inmigración

¿Podrán votar en las próximas elecciones forales los inmigrantes que se regularicen?

Preguntas y respuestas sobre un proceso que puede beneficiar a unos 10.000 navarros

Una mujer consulta su móvil en las inmediaciones de la oficina de Extranjería de Pamplona
AmpliarAmpliar
Una mujer consulta su móvil en las inmediaciones de la oficina de Extranjería de Pamplona archivo
Una mujer consulta su móvil en las inmediaciones de la oficina de Extranjería de Pamplona

CerrarCerrar

Ainhoa Piudo

Actualizado el 02/02/2026 a las 10:10

El Gobierno de España acaba de anunciar la séptima regularización extraordinaria de personas inmigrantes de la historia de la democracia. El Ejecutivo defiende que la medida beneficia al conjunto de la sociedad, porque los trabajadores ganan derechos y protección, mientras las empresas ganan en seguridad jurídica y se reduce la economía sumergida y la explotación laboral.

1. ¿A cuántas personas va a beneficiar la regularización? 

El Gobierno foral estima que a unas 10.000 en Navarra. La cifra, aportada por la consejera Begoña Alfaro (Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias) está basada en los flujos migratorios y en la información facilitada por entidades sociales que trabajan con población migrante. A nivel nacional, el Gobierno central calcula que podrían ser unos 500.000 los beneficiados, aunque Funcas cifra en 840.000 los inmigrantes en situación irregular que hay en España. 

2. ¿Cuál es el propósito de la medida? 

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, explicó que el objetivo es ofrecer al colectivo migrante que ya vive en España la oportunidad “de vivir con igualdad de derechos”, así como responder a “una realidad que existe en nuestras calles y tiene impacto en la convivencia, el bienestar y la economía”. 

3. ¿Quiénes van a poder acogerse a ella? 

Las personas que hayan llegado a España antes del 31 de diciembre de 2025 y que hayan residido de manera continuada al menos cinco meses antes de solicitar la regularización. Para los solicitantes de protección internacional se elimina el requisito del tiempo y basta con que hayan planteado la petición antes del 31 de diciembre. El beneficio se extiende a los hijos menores de edad de los solicitantes. En este caso, el permiso será de 5 años. 

4. ¿Se establece algún otro requisito? 

No contar con antecedentes penales durante los últimos cinco años, de acuerdo con la Ley de Extranjería. Según esta norma, no pueden haber sido condenados en España ni en sus países anteriores de residencia por delitos que existan en nuestro ordenamiento jurídico. También es requisito no suponer una amenaza para el orden público. 

5. ¿Cómo se puede acreditar que se reside en territorio nacional? 

La permanencia podrá acreditarse con cualquier documento público, privado o una combinación de ambos. El más claro es el empadronamiento pero, en caso de carecer de él, serán válidos informes de citas médicas, certificados de asistencia a recursos sociales o documentos como un contrato de alquiler, justificantes de envíos de dinero, billetes de transporte o facturas de suministros como luz, agua o teléfono. 

6. ¿Cuándo podrá tramitarse y cuánto tiempo tardará? 

El Gobierno espera que las solicitudes se puedan empezar a presentar a principios de abril, una vez se cumplan los trámites preceptivos de la tramitación del Real Decreto, y estará abierto hasta el 30 de junio de 2026. El plazo de tramitación será de máximo 3 meses. Sin embargo, con la mera admisión a trámite de las solicitudes -la cual se resolverá en un máximo de 15 días, las personas podrán empezar a trabajar. 

7. ¿Dónde se realizan los trámites? 

Para acceder a la regularización se habilitarán espacios como delegaciones y subdelegaciones de Gobierno u oficinas de la Seguridad Social. El proceso también podrá iniciarse por vía telemática. 

8. ¿A qué da derecho exactamente?

Las personas que participen en este proceso y acrediten el cumplimiento de los requisitos podrán acceder a una autorización de residencia en España con una vigencia inicial de un año. Transcurrido ese plazo, deberán incorporarse a las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería. 

9. ¿Permite trabajar? 

Sí, desde el primer día, en cualquier sector y en cualquier lugar de España. 

10. ¿También en otros países de la UE? 

No. La residencia y permiso de trabajo españoles son válidos únicamente para territorio español, aunque permiten circular como turista por el espacio Schengen (máximo 90 días). 

11. ¿Qué ocurre con quienes tienen un proceso de expulsión o retorno abierto? 

En principio, el proceso queda paralizado si se trata de órdenes por motivos administrativos o por trabajar sin permiso. Sin embargo, si ha mediado la comisión de un delito la solicitud será rechazada con carácter general. 

12. ¿Pueden las personas regularizadas optar al reagrupamiento familiar? 

Sí, siempre que cumplan con los requisitos de antigüedad, económicos y de vivienda que establece la Ley de Extranjería. El reagrupante debe haber residido legalmente en España durante al menos un año y haber obtenido la autorización para residir por, al menos, otro año más. También se deben acreditar ingresos estables y contar con una casa que reúne condiciones. 

13. ¿Regularizar es lo mismo que nacionalizar? 

No, son procesos distintos. Regularizarse es un proceso administrativo que permite obtener un permiso para poder vivir y trabajar de manera legal, mientras que nacionalizarse supone obtener la nacionalidad española. Para nacionalizarse hace falta acreditar que se reside en el país desde hace 10 años de forma legal y continuada (2 años en el caso de los ciudadanos de países Latinoamericanos y otras excepciones como Portugal, Guinea Ecuatorial, Filipinas o personas de origen sefardí). 

14. ¿Podrán votar en las elecciones las personas regularizadas? 

No a corto plazo. Regularizarse no altera el marco constitucional del derecho al voto. En las elecciones generales y autonómicas, sólo pueden votar quienes hayan adquirido la nacionalidad española, con independencia de su lugar de nacimiento o de su situación administrativa previa. En las elecciones europeas sí se permite votar a ciudadanos de otros países de la UE residentes en España, siempre que estén empadronados y se se inscriban en el censo electoral correspondiente. 

Las elecciones municipales constituyen la excepción. Se permite ejercer el derecho a voto a los extranjeros residentes legales que se encuentren en uno de estos dos supuestos. El primero, ser ciudadano de la UE, siempre que estén empadronados, inscritos en el censo electoral y hayan solicitado expresamente el derecho a voto. El segundo, ser ciudadano de terceros países cuyos estados tengan acuerdos suscritos convenios de reciprocidad con España, como son Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago. En estos casos se exige estar empadronado, inscrito en el censo electoral y tener una residencia legal e interrumpida de cinco años (Noruega y Reino Unido piden 3 años). 

Por tanto, las personas que se regularicen este año no podrán participar en ninguno de los comicios de 2027. 

15. ¿Cuántas regularizaciones extraordinarias ha habido? 

Antes que esta ha habido otras seis. Se calcula que han logrado regularizar a más de un millón de personas desde la década de los 80. Las tres primeras las impulsó Felipe González (PSOE), en 1986 (38.294 personas regularizadas), 1991 (114.423) y 1996 (21.294). Esta última entró en vigor ya con José María Aznar (PP) en el Gobierno, que promovió posteriormente otras dos: en el año 2000 (264.153 regularizaciones) y 2001 (239.174). Hasta la fecha, la más masiva ha sido la de Rodríguez Zapatero (PSOE) que en 2005 otorgó el permiso de residencia a 576.506 personas. Según el Gobierno, en toda la UE se han realizado más de 40 regularizaciones desde la década de los noventa. 

16. ¿Por qué se impulsa ahora esta regularización? 

La medida responde al espíritu de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP), respaldada por más de 700.000 firmas, que fue presentada en el Congreso en abril de 2024 tras la movilización de distintos colectivos. Desde entonces ha estado bloqueada en la Cámara pese a contar con el apoyo de todas las fuerzas parlamentarias excepto Vox para su toma en consideración. El Gobierno, a través de un acuerdo entre PSOE y Podemos, ha optado ahora por aprobar la regularización a través de un Real Decreto, por lo que no necesita pasar por el Congreso. 

17. ¿Cómo interactúa esta regularización con el Reglamento de mayo de 2025? 

Son independientes. Los nuevos mecanismos que estableció el reglamento (nuevos tipos de arraigo, autorización de residencia, etc.) se mantienen. Hay que entender el Real Decreto aprobado ahora como un proceso excepcional, acotado en el tiempo y con plazos y requisitos específicos, mientras que el Reglamento de mayo de 2025 reformó la ley de forma permanente. 

18. ¿Cuál es la aportación de los inmigrantes a la economía en Navarra? 

Un estudio encargado por el Gobierno de Navarra sostiene que por cada euro neto que el Gobierno de Navarra invierte en servicios públicos para la población migrante, la economía foral recibe un retorno de dos euros adicionales. El trabajo afirma también que la inmigración ha supuesto un incremento anual positivo del 0,5% del PIB de la Comunidad foral como promedio entre los años 2012 y 2021. Del mismo modo, concluye que “una mayor contratación de la población migrante no afecta al nivel de desempleo de la población autóctona”. La población migrante es también un motor fundamental para el empleo. Navarra es una de las tres comunidades, junto a Aragón y Asturias, que depende de la mano de obra llegada de fuera para no destruir empleo, según los datos de la EPA. El 12,7% de los afiliados a la Seguridad Social es extranjero, con especial peso en sectores como el transporte, la construcción, la agricultura o los cuidados. En el análisis demográfico, en 2024 prácticamente uno de cada tres nacimientos es de madre de nacionalidad extranjera.

Continuar

Gracias por elegir Diario de Navarra

Parece que en el navegador.

Con el fin de fomentar un periodismo de calidad e independiente, para poder seguir disfrutando del mejor contenido y asegurar que la página funciona correctamente.

Si quieres ver reducido el impacto de la publicidad puedes suscribirte a la edición digital con acceso a todas las ventajas exclusivas de los suscriptores.

Suscríbete ahora