Administración foral

El Gobierno recurrirá la sentencia que abona a una docente el 'recorte' salarial de 2010

Desde el Ejecutivo se señala que la sentencia por ahora es "puntual" y alegará ante la Sala de lo Contencioso

La consejera Amparo López, este jueves en el pleno del Parlamento foral
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La consejera Amparo López, en un pleno del Parlamento foralJESÚS CASO
La consejera Amparo López, este jueves en el pleno del Parlamento foral

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Iñigo Salvoch

Publicado el 24/10/2025 a las 05:00

El Gobierno de Navarra presentará un recurso frente a la sentencia del juzgado Nº 1 del Contencioso-Administrativo que ha reconocido a una docente el derecho a que se le abonen unos 8.500 euros tras el recorte salarial que las administraciones públicas aplicaron a sus plantillas en 2010 con motivo de la crisis financiera. Fuentes del Ejecutivo foral han asegurado a este periódico que por ahora se trata de una sentencia “puntual” y que su intención es apelar ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Sin embargo, el de ayer fue un día de cierta confusión entre empleados y sindicatos del Gobierno foral, así como de las entidades locales navarras, por el contenido y alcance de esta sentencia defendida por el sindicato Afapna

UN ARTÍCULO NO DEROGADO 

La sentencia del Contencioso subraya que no se está cumpliendo el índice de proporcionalidad existente entre los niveles de la Administración foral (A, B, C, D y E), tal y como lo indica el artículo 41 del Texto Refundido del Estatuto del Personal. De acuerdo a dicho artículo, el salario base del nivel A de la Administración (ingenieros y licenciados) multiplica por 2 el del Nivel E; por 1,65 el del B (maestros y enfermería); por 1,35 el del C (policías, administrativos...) y por 1,15 el del D (auxiliares). En 2010, se estableció un recorte de media del 5%, pero osciló entre el 6,70% del Nivel A y el 0,24% del Nivel E, por lo que quedó roto el índice de proporcionalidad que marca el Estatuto. 

En 2010, para aplicar el recorte quedó suspendido el artículo 41 del Estatuto de Personal por el que se regula ese índice, pero posteriormente no fue derogado, por lo que el Contencioso sostiene que sigue en vigor. Sin embargo, en las sucesivas leyes de Presupuestos se asentó el recorte y la pérdida del índice de proporcionalidad. De momento, el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo N.º 1 de Pamplona, reconoce a esta docente el abono de los atrasos devengados de los últimos cuatro años y los intereses legales, reconociendo el abono del salario conforme a su nivel y al índice de proporcionalidad establecido en el Estatuto. La recuperación del poder adquisitivo perdido en 2010 es una de las reivindicaciones que siguen manteniendo quince años después los principales sindicatos de la Función Pública.

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