Sentencia

Condena de 2 años de prisión a un padre por abusos sexuales continuados a su hija menor de 16 años

En la sentencia, dictada tras un acuerdo entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa, se ha estimado la atenuante muy cualificada de reparación del daño porque el procesado depositó 10.000 euros para indemnizar a la víctima

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Diario de Navarra

Publicado el 31/10/2024 a las 13:11

La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a 2 años de prisión a un acusado que abusó de forma continuada de una hija menor de 16 años.

Los hechos declarados probados en la sentencia, que ha sido dictada de conformidad tras un acuerdo entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa, son constitutivos de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años con la concurrencia de la atenuante muy cualificada de reparación del daño.

El encausado, natural de Pamplona y de 56 años, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 5 años y, además, deberá cumplir la medida de libertad vigilada por un periodo de otros 5 años.

En concepto de responsabilidad civil, el condenado indemnizará a su hija con 10.000 euros, una cantidad que ya depositó en sede judicial antes del juicio, motivo por el cual se ha estimado la citada atenuante de reparación del daño.

Asimismo, se le ha impuesto al procesado la inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por el tiempo de 5 años.

Con anterioridad al acuerdo alcanzado entre las partes, el fiscal solicitaba una pena de 5 años y 6 meses de prisión.

El inculpado y su esposa adoptaron a dos niñas nacidas en 2005 y 2006 cuando ellas tenían 4 y 3 años de edad.

Según considera probado la sentencia, en fechas sin concretar, pero en cualquier caso desde el año 2011 hasta junio de 2021, el padre realizó tocamientos a la mayor y, “en un número indeterminado de veces, procedió a masturbarse contemplando” a su hija, a la que también se dirigía con expresiones obscenas.

Como consecuencia de estos hechos, la víctima “ha sufrido una afectación psicológica que se manifiesta en una sintomatología de tipo ansioso-evitativo (rechazo al contacto físico), con dificultades de adaptación personal y social, que van evolucionando de forma positiva, pero que han intensificado su inseguridad personal, tendencia a apartarse de la gente, no soportar el contacto físico y las dificultades de adaptación personal y social”. 

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