Reglamento del juego y apuestas

Navarra aleja las apuestas de los entornos escolares y deportivos

El nuevo reglamento del juego entrará en breve en vigor pero da un plazo de 12 meses para que los locales implementen la identificación de usuarios

Un viadante pasa por delante de un céntrico local de apuestas en Pamplona
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Un viadante pasa por delante de un céntrico local de apuestas en Pamplona
Un viadante pasa por delante de un céntrico local de apuestas en Pamplona

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Pedro Gómez

Actualizado el 28/05/2024 a las 07:31

El Gobierno de Navarra ha dado un paso más para la próxima aprobación del reglamento de los juegos y apuestas, que limitará la publicidad y patrocinio y exigirá la identificación previa para el uso de las máquinas de apuestas en los bares.

El borrador de decreto foral recibió este lunes el visto bueno del Consejo del Juego, órgano que tiene a representantes de las empresas del sector y de las asociaciones que luchan contra la ludopatía. El texto pasará ahora a sesión de gobierno para posteriormente ser elevado al Consejo de Navarra. Se espera que antes del verano el reglamento entre en vigor.

La primera consecuencia práctica será el horario. El reglamento establece el horario general de cierre para locales de apuestas deportivas y los salones de juego a las 0.30 horas y para las salas de bingo a las 3.00 horas. Actualmente, estos establecimientos pueden cerrar a las 3.30 horas.

Otra consecuencia inmediata serán las restricciones a la publicidad y el patrocinio. Se prohíbe la publicidad de apuestas en cualquier actividad deportiva de Navarra que reciba subvención pública. A su vez, se impide en soportes situados a menos de 300 metros de centros educativos, deportivos, culturales, recreativos, sanitarios o locales de rehabilitación de personas con adicción al juego, problemas de salud mental graves o problemas de discapacidad.

En lo relativo al patrocinio, el texto impide el de empresas de apuestas deportivas en clubes deportivos. Así, no se permitirá publicidad en camisetas e indumentarias así como en instalaciones y estadios deportivos.

Otras medidas contempladas en el reglamento, sin embargo, tienen un plazo de 12 meses para su puesta en práctica. Tienen que ver con las medidas de control en locales y en máquinas.

En los locales de hostelería, las máquinas de apuestas deberán contar para su uso con los “elementos técnicos que obliguen al usuario, sin intervención de terceros, a identificarse de forma previa y obligatoria para la comprobación de su inclusión en el Registro de Interdicciones y su mayoría edad”. Asimismo, estas máquinas deberán incorporar elementos técnicos que hagan que una vez finalizadas las partidas de juego y durante el tiempo en que no esté siendo utilizadas permanecerán “en reposo” sin emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos.

Asimismo, los bingos, salones de juegos y locales de apuestas deportivas deberán habilitar a la entrada un servicio de admisión. Las personas que entren deberán mostrar su DNI. Si es la primera vez que entran, se les abrirá una ficha personal. Este servicio de admisión tendrá un sistema informático conectado al Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de Navarra. Así, los responsables del local comprobará si el usuario tiene prohibida la entrada a estos locales.

Dicho registro está formado por tres perfiles de personas, las que voluntariamente han solicitado su inclusión, las que están sancionadas y las que por sentencia judicial tienen prohibido participar en juegos y apuestas.

Actualmente, ya existen establecimientos con máquinas de apuestas conectadas a dichos registros, una medida que ya han adoptado la mayoría de comunidades autónomas. El resto de establecimientos, sin embargo, tiene un plazo de 12 meses para actualizar hardware y software a la normativa.

En un principio, el borrador de reglamento establecía un plazo de 9 meses. En sus alegaciones, la Asociación Navarra de Apuestas (ASNAP) reclamó 18 meses de periodo transitorio. Finalmente, el Gobierno de Navarra lo ha establecido en 12 meses.

En la entrada de los locales habrá carteles alertando del riesgo de adicciones e informando de los servicios a donde se puede acudir si se tiene un problema. 

Distancias No se otorgarán nuevas autorizaciones para locales de juego y apuestas a menos de 400 metros de centros educativos, centros de rehabilitación, centros residenciales de personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, centros sanitarios, deportivos, culturales y recreativos y Casas de la Juventud.

Establecimientos existentes No se les revocará la autorización aunque no cumplan las nuevas distancias mínimas.

Limitación de horario Se adelanta el horario de cierre de los salones de juego y locales de apuestas desde las 3.30 horas a las 0.30 horas. Los bingos podrán abrir hasta las 3.00 horas.

Apuestas en bares Las máquinas de apuestas deberán contar con los elementos técnicos que obligue al usuario a identificarse de forma previa y obligatoria para la comprobación de su mayoría de edad y su inclusión en el Registro de Interdicciones.

Control de acceso En la recepción de salones de juegos y locales de apuestas habrá una persona pidiendo los DNI y comprobando en un sistema informático que tienen permitido el acceso. Deberán abrir una ficha con los datos personales de los usuarios.

Publicidad Se prohíbe la publicidad a menos de 300 metros de centros escolares, deportivos y culturales.

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