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¿Por qué los navarros somos singulares?

Su historia confiere a Navarra competencias, órganos, policía y un sistema de financiación propios, además de un Derecho Civil foral que regula sobre la familias o las herencias. A continuación se exponen las principales peculiaridades

Monumento a los Fueros, en el Paseo Sarasate
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Monumento a los Fueros, en el Paseo Sarasate
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Marcos Sánchez

Actualizado el 24/06/2024 a las 19:01

Convenio Económico Aportación y autonomía para los impuestos directos

Debido a sus derechos históricos, Navarra goza de un sistema de financiación propio, el Convenio Económico, que es fruto del pacto entre la Comunidad foral y el Estado y no puede cambiarse de manera unilateral. Navarra dispone de autonomía fiscal (también el País Vasco), por lo que puede modificar y recaudar impuestos directos como el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y el de Sociedades (empresas), con el único límite de que la presión fiscal global de los navarros sea equivalente a la de los ciudadanos del resto de España o régimen común. Respecto a los impuestos indirectos como el IVA, Navarra debe ajustarse a lo marcado en España y Europa. Por su autonomía fiscal, la Comunidad gestiona sus ingresos y gastos, y financia los servicios públicos de su competencia (carreteras, educación, sanidad, políticas sociales...). Mediante una aportación anual, Navarra paga al Estado lo que le corresponde por las competencias no asumidas que presta el Gobierno central. Además, participa en el fondo que corrige las diferencias económicas entre comunidades.

La Cámara de Comptos controla el gasto público

Navarra cuenta históricamente con un órgano propio externo de fiscalización de la gestión económica y financiera del sector público, la Cámara de Comptos. Se encarga de garantizar que las administraciones públicas manejan de manera adecuada e dinero que los ciudadanos aportan con sus impuestos. También asesora al Parlamento.

Libertad para repartir la herencia y protección del patrimonio familiar

Un ciudadano navarro puede dejar su herencia a quien quiera, ya que en la Comunidad foral, al revés que en el resto de España, no existe la legítima (parte de la herencia que debe dejarse a los hijos). En Navarra no hay por tanto la obligación de dejar algo a los hijos. Esto se debe a que la Comunidad tiene competencia exclusiva en materia de Derecho Civil foral a través del Fuero Nuevo, que regula aspectos relacionados con la familia, las sucesiones o la herencia. En el resto de España, por el Código Civil, sólo un tercio de la herencia es de libre disposición. Otra de las peculiaridades del Derecho Civil navarro son, por ejemplo, las disposiciones legales orientadas a la conservación del patrimonio familiar, como es la Casa Navarra, institución jurídica propia muy arraigada en zonas rurales, que identifica por su nombre a la familia que la habita o depende de sus recursos y a los bienes de su patrimonio.

Particularidades en cuanto a los funcionarios de la Administración foral

Navarra cuanta con su propia regulación para los complementos retributivos, el cálculo del pago de la antigüedad o los órganos de representación de los funcionarios de la Administración foral. La Comunidad tiene competencias exclusivas en el régimen estatutario de sus funcionarios públicos, siempre que se respete “los derechos y las obligaciones esenciales” que fije la normativa básica del Estado.

Los concejos como entidades locales propias y el TAN para resolver conflictos

La administración local es una competencia tradicional de Navarra, que cuenta con 272 ayuntamientos o municipios y, como entidades locales propias, 346 concejos (pertenecientes a 60 municipios compuestos). Los valles también tienen entidad propia. Por otro lado, pese a sus competencias históricas en administración local, se debe respetar las autonomía de los municipios de la Comunidad foral. Aquí juega un papel importante una entidad propia, el Tribunal Administrativo de Navarra (TAN), cuyo objeto es tramitar y resolver los recursos de alzada planteados contra actos y acuerdos de las entidades locales.

Una policía propia y la competencia de tráfico en exclusiva

La Policía Foral es el cuerpo propio de Navarra y tiene sus orígenes en 1928. Entre sus funciones están encargarse del tráfico y la seguridad vial, la vigilancia del medio ambiente y de juegos y espectáculos, proteger edificios públicos, y labores de seguridad ciudadana e investigación criminal. Su red de comisarías alberga Pamplona, Tudela, Estella, Tafalla, Sangüesa, Elizondo y Alsasua. Navarra asumirá en exclusiva la competencia de tráfico y seguridad vial a partir del próximo 1 de julio. Aunque se inicie en julio, el proceso se podría alargar hasta cuatro o cinco años. La Guardia Civil de Tráfico seguirá en las carreteras navarras a partir de julio, ya que la Policía Foral sólo asumirá esa función en exclusiva cuando cuente con los 149 agentes que necesita. Entre ellos estarán los guardias civiles que decidan incorporarse al cuerpo autonómico y el resto de plazas saldrán de convocatorias de empleo público. El traspaso de las funciones y servicios a Navarra afectará a la imposición de sanciones administrativas, escuelas particulares de conductores, centros de reconocimiento para verificar aptitudes psicofísicas y cursos de reeducación y formación vial, además de a la vigilancia o restricciones en la circulación de vehículos, pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos.

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