Tribunales
¿Quién pagó con el móvil en el estanco de Salou?
Un juzgado de Pamplona da la razón a una mujer, que reclamaba a su banco 1.071 euros por cargos que no efectuó

Actualizado el 16/03/2023 a las 17:20
La mujer decía que ella no había realizado ocho compras en un estanco de Salou en un mismo día. Su banco decía que tenía que ser ella, porque los abonos se habían efectuado con el teléfono móvil, que requieren el pago con huella dactilar, identificación facial o código de desbloqueo. El juzgado ha concluido que la entidad bancaria no ha demostrado que su sistema de protección de los clientes de banca online sea “adecuado”, por lo que tendrá que abonar a su clienta los 1.071 euros de los ocho pagos.
La demandante explicaba que el 3 de marzo de 2022 recibió en por correo el extracto de los movimientos de su tarjeta de crédito y descubrió que había ocho cargos realizados el 26 de enero de ese año en un estanco de Salou. Los pagos, que ella negaba haber hecho, oscilaban entre los 100 y los 150 euros. La mujer denunció un uso fraudulento de su tarjeta de crédito y reclamó el reintegro a su entidad, que según ella no había tomado las medidas de seguridad necesarias.
La entidad bancaria se oponía. Argumentaba que la mujer ‘enroló’ su tarjeta al teléfono móvil y que los ocho cargos se hicieron por esta vía, que además de la huella, identificación facial o código, también requiere la introducción de un PIN que se recibe vía SMS en el teléfono. En resumen, sostenía que las operaciones fueron “registradas, validadas y autentificadas” por la demandante.
El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona ha condenado al banco. La magistrada asegura que frente a la versión de la mujer de que fue un uso fraudulento, la entidad no ha aportado pruebas de que cuente con un sistema de protección adecuado o medidas para evitar accesos ilegítimos a su plataforma de pagos, ni tampoco de que “dicho sistema funcionó adecuadamente “ en el caso enjuiciado.