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Anulan una condena por estafa porque el acusado no tuvo abogado

La Audiencia concluye que se le generó indefensión al no contar con asistencia letrada durante la fase de instrucción

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Gabriel González

Actualizado el 08/05/2022 a las 09:42

La Audiencia ha anulado una condena de 2 años de prisión a un acusado de estafar con la modalidad de 'man in the middle' debido a que durante la fase de investigación no tuvo la asistencia de un abogado y, por lo tanto, se le generó “indefensión”. El tribunal anula todo lo ocurrido en el caso desde el auto con el que se dio por finalizada la instrucción, para que el acusado, ya con asistencia letrada, pueda solicitar la práctica de las pruebas que considere oportunas.

El fraude por el que fue condenado el procesado llega pocas a veces a juicio. En él, unos hackers se entrometen en las relaciones entre dos empresas hasta suplantar a una de ellas para desviar algún pago. Y suele cometerse desde países de Asia, África y Latinoamérica, lo que dificulta que se puedan perseguir. En este caso, se entrometieron dentro de los pagos que una empresa de frutas y hortalizas realizó a otra de maquinaria agrícola en la Comunidad foral. En total, la factura ascendía a 17.484 euros. Pero a través de un ataque informático que no pudo ser detectado por ninguna de las dos mercantiles, la segunda empresa recibió el 18 de septiembre de 2019 un correo electrónico que suplantaba a la primera. En él se le facilitaba un número de cuenta para abonar la factura. Esa cuenta en realidad era del acusado, que según la sentencia ahora anulada la había cedido voluntariamente para hacer de intermediario con los estafadores. Dos días después, el acusado realizó tres disposiciones de dinero de 1.000 euros del cajero y por ventanilla sacó 13.400 euros.

La defensa del acusado ya solicitó la nulidad durante el juicio, en el Juzgado de lo Penal nº 3. Afirmaba que tras ser detenido declaró en sede policial y judicial con asistencia letrada, pero que desde entonces y hasta que se dictó el auto con el que se abría el juicio no contó con abogado. La magistrada rechazó la nulidad en el juicio con el argumento de que entre su declaración en el juzgado de instrucción y el auto de apertura de juicio oral “no se practicó ninguna diligenciad e investigación”, por lo que a su entender no hubo indefensión. Además, resaltó que la defensa no recurrió el auto con el que se dio por finalizada la instrucción.

La Sección Primera de la Audiencia no comparte esta valoración. De entrada, afirma que al encausado no se le notificó este auto, por lo que no se le puede exigir que lo recurriera. Además, destaca que durante la instrucción, al no contar con asistencia letrada, “se le impidió la posibilidad de solicitar en esa fase la práctica de diligencias que considerase oportunas y adecuadas a su derecho de defensa”. Es más, en este punto los magistrados resaltan que en su escrito de defensa previo al juicio, ya con asistencia letrada, el abogado solicitó una prueba pericial y la magistrada del juzgado de lo Penal se la denegó “argumentando que se trataba de una diligencia propia de la fase de instrucción, lo que revela la trascendencia que ha tenido no haber podido intervenir en esa fase de instrucción”.

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