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Claves para acceder a las ayudas públicas de rehabilitación de viviendas

25.300 hogares navarros quieren rehabilitar su casa o piso

Claves para acceder a las ayudas públicas de rehabilitación de viviendas
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Claves para acceder a las ayudas públicas de rehabilitación de viviendasJosé Carlos Cordovilla
Claves para acceder a las ayudas públicas de rehabilitación de viviendas

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M.C.G.

Actualizado el 26/01/2018 a las 06:00

Más de 25.000 propietarios de viviendas manifiestan su deseo y necesidad de rehabilitar su casa o piso. El 28% calcula el gasto en rehabilitación en menos de 3.000 euros; un 17% prevé un desembolso de entre 3.000 y 6.000 euros y un 21% entre 6.001 y 12.000 euros. Más de la mitad (un 54%) afirma que lleva más de cuatro años aplazando la reforma, mientras que un 21% se las plantea a largo plazo. Suelos, ventanas, paredes, pintar, aislamiento, baño y cocina son las obras que más dicen los navarros necesitan cambiar.


La rehabilitación puede ser para un piso o casa particular, pero también para comunidades de vecinos (cambiar caldera, instalar ascensor, fachada, etc). A continuación, se detallan algunas claves de estas ayudas, aunque para analizar cada caso puede acudir a una Oficina de rehabilitación de Vivienda- ORVE).


¿CUÁNDO SOLICITAR?


Las solicitudes para rehabilitación pueden presentarse todo el año. Las ayudas no tienen una limitación presupuestaria (no se agota la partida económica ) ni se resuelven en concurrencia competitiva entre los solicitantes. Por tanto, se conceden todas las ayudas solicitadas, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos. Si los cumplen, el Gobierno transfiere el dinero concedido previamente a los 2 o 3 meses de finalizar las obras.


¿QUÉ REQUISITOS HAY?


La convocatoria no hace distinciones entre pequeñas obras domésticas u obras comunitarias de mayor envergadura. Sin embargo, para optar a subvención, la vivienda deberá contar con una antigüedad mínima de 25 años, deberá destinarse a domicilio habitual y permanente de la persona beneficiaria, aunque en el caso de obras destinadas a personas discapacitadas, no es necesario que la vivienda tenga una antigüedad mínima.


El presupuesto de la obra debe ascender a un mínimo de 2.000 euros. Los trabajos no pueden comenzar hasta obtener la calificación provisional del expediente, cuyo trámite se inicia en las Oficinas de Rehabilitación. La persona propietaria de una vivienda arrendada también puede acceder a las ayudas, así como las comunidades de vecinos.


¿CON CUÁNTOS INGRESOS?


Las personas beneficiarias deberán tener ingresos familiares ponderados hasta 3,5 veces IPREM (537,8 euros al mes en 2018). En el caso de subvenciones a comunidades de propietarios no existe límite máximo de ingresos.


¿CONTEMPLA LA ENVOLVENTE TÉRMICA?


En expedientes que tengan por objeto la rehabilitación de la envolvente térmica (’abrigo’ de paneles que se coloca en el exterior de la fachada), la subvención máxima será la que resulte de multiplicar 6.000 euros por el número de viviendas que contenga dicho expediente. En 2017, la ayuda media rondó los 5.750 euros.


¿QUÉ SUBVENCIÓN PARA PONER EL ASCENSOR?


En el caso de edificios sin ascensor que alcancen la adaptación completa, la subvención máxima será de 8.000 euros, excepto cuando el número de viviendas por núcleo de comunicación vertical sea inferior a 11 (10.000 euros). Si no se alcanza la adaptación completa, la subvención máxima será de 3.000 euros. En 2017 la ayuda media por vivienda rondó los 3.400 euros.


¿CUÁL ES LA AYUDA MÁXIMA PARTICULAR?


En el caso de rehabilitación cuyo beneficiario sea una personas físicas, la subvención máxima a conceder será de 12.000 euros por vivienda, excepto en el caso de las viviendas que se encuentren en Áreas de Rehabilitación Preferente o de las viviendas unifamiliares que como resultado de la actuación de rehabilitación sigan siéndolo. En esos casos, la subvención máxima será de 25.000 euros por vivienda.


¿CÓMO TRIBUTAN LAS OBRAS A HACIENDA?


Desde el 1 de enero de 2018 las subvenciones concedidas a las comunidades de vecinos por obras de rehabilitación protegida están exentas de tributación, siempre que se atribuyan a sujetos pasivos con rentas inferiores a 30.000 euros. Hay que recordar que las subvenciones actuales se modificaron mediante la Ley Foral 22/2016, de 22 de diciembre, mejorándose especialmente para el caso de los jóvenes (hasta 35 años), mayores de 65 años, y personas discapacitadas, y pueden alcanzar los 25.000 euros.

 

¿Dónde me informo?
 

Pirineo (en Aoiz), calle Trinquete, 13. Tfno: 948 334 354


Comarca de Pamplona (en Burlada) calle Joaquín Azcárate s/n. Tfno: 948 130 233


Baztan-Bidasoa (en Santesteban), calle Mercaderes, 6 . Tfno: 948 456 103


Tierra Estella (en Estella), calle Fray Diego, 3. Tfno: 948 552 250


Sakana (en Lakuntza), calle Gazteizbide, Tfno: 948 464 867


En Leitza tramitan los expedientes de algunas localidades.Tfno: 948 51 00 09


Pamplona, en la calle Eslava, nº 1. Tfno: 948 420 981


Pirineo-Sangüesa, en calle Mayor, 8. Tfno: 948 871 835


Comarca de Tafalla, calle García Goyena, 22. Tfno: 948 755


La Ribera (en Tudela), calle Capuchinos, 6-1º. Tfno: 948 825 641

 

DATO DE INTERÉS


36%. Las ayudas suponen alrededor de la tercera parte del presupuesto de la obra que sea subvencionable.

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