Tribunales
Absuelto tras ser condenado por atacar a su vecina con huevos en Pamplona
La Audiencia resalta que a pesar de los indicios, la policía no despejó las dudas sobre la autoría


Actualizado el 10/03/2022 a las 23:27
Un hombre que había sido condenado a dos años de prisión por haber acosado durante diez meses a su vecina con el lanzamiento de huevos a su piso, en Pamplona, acaba de ser absuelto por la Sección Primera de la Audiencia Provincial. Los magistrados resaltan que a pesar de los indicios existentes contra el acusado, no ha quedado“plenamente” acreditada su autoría algo que la policía tenía que haber hecho “de un modo más sólido”.
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La víctima, de 87 años, sufrió el acoso entre febrero de 2017 y enero de 2018 en su vivienda de la calle Arrieta. Y señalaba a su vecino del piso inferior, que cuenta con una terraza interior que da a su piso. El acusado, de 58 años y que vive en Madrid, lo negaba. Dijo en el juicio que solo había estado un día en la capital navarra y que ese piso lo alquiló para su hermano. La sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 calificó sus explicaciones como “excusas absolutorias”, pero la Audiencia afirma que no pueden descartarse.
Por un lado, los magistrados afirman que hay indicios que señalan al acusado: fue él quien alquiló el piso, las características físicas de la persona que fue grabada lanzando los huevos desde la terraza de ese piso eran “acordes a las que pudieron observarse en el acusado en el juicio”, y la administradora de la comunidad de vecinos lo reconoció en la vista.
Sin embargo, frente a estos “indicios reveladores”, la Audiencia contrapone que a pesar del tiempo en el que se prolongaron los hechos “no existe una actuación policial que sitúe al acusado, sin duda, como usuario de la vivienda”, destacando que no consta ninguna identificación directa por parte de los agentes ni tampoco de vecinos. Sobre el reconocimiento en el juicio, los magistrados destacan que el acusado, defendido por la abogada Virgina Sánchez, declaró por videoconferencia desde Madrid y con mascarilla. Además, señalan que existe prueba de descargo, como que el abono de las mensualidades se hacía desde una cuenta de su hermano.
De este modo, dado que los hechos “pudieron haber quedado plenamente acreditados de un modo mucho más sólido” por parte de la policía, porque era algo “sencillo”, la Audiencia cree no se despejó la duda sobre la autoría, por lo que procede su absolución.

