Un informe del Tribunal Constitucional ve "prematuro" admitir el recurso del Defensor por la ley de nietos

Recuerda que el Supremo ha abierto el plazo para presentar alegaciones a todas aquellas partes afectadas

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Sede del Tribunal ConstitucionalGustavo Cuevas (Efe)
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Agencia Efe

Publicado el 19/10/2026 a las 16:05

Un informe de los letrados del Tribunal Constitucional (TC) considera "prematuro" que el alto tribunal admita el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión del derecho al voto a personas nacionalizadas por la ley de memoria democrática, conocida como ley de nietos, decidida por el Tribunal Supremo.

En el informe, elaborado a petición del magistrado Enrique Arnaldo, adelantado por el diario El Mundo y al que ha tenido acceso EFE, los letrados subrayan que el recurso presentado "debe considerarse prematuro" ya que éste se interpuso "mientras había aún una puerta abierta para un pronunciamiento de la jurisdicción ordinaria", ya que sigue abierto en el Supremo el plazo para que los afectados presenten alegaciones.

Este lunes 19 de octubre, la sección cuarta del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido avocar a Pleno la admisión del recurso de amparo que el Defensor del Pueblo, por lo que será este organismo quien deba pronunciarse al respecto, previsiblemente este miércoles.

"Se trata, por tanto, de una aducida vulneración de derechos fundamentales producida en el seno de una causa que se halla en curso al presentarse la demanda debiendo considerarse el recurso de amparo presentado anterior en el tiempo a lo que correspondería desconociendo, de este modo, el carácter subsidiario de la vía de amparo y siendo prematuro en su planteamiento", indican los letrados en el informe.

Sólo puede presentarse un recurso de amparo, sostienen, una vez haya finalizado la actuación del órgano jurisdiccional, es decir, "solo cuando este haya finalizado por haber recaído una resolución firme y definitiva puede entenderse agotada la vía judicial y, consecuentemente, es posible acudir ante este Tribunal en demanda de amparo", algo que no ocurre ahora.

Y recuerdan que el Supremo ha abierto el plazo para presentar alegaciones a todas aquellas partes afectadas, un plazo que empieza a contar hoy y expira el viernes 23 de octubre.

"De este modo resulta que, conforme a lo decidido en los autos mencionados, el Tribunal Supremo ha de pronunciarse nuevamente, a la vista de las alegaciones de las partes que comparezcan, sobre las medidas cautelares adoptadas en los autos de 10 de septiembre de 2026 y confirmadas en los posteriores autos de 12 de octubre de 2026. Se constata así que los efectos de la decisión cautelar adoptada por el órgano judicial no son definitivos, en el sentido de que los autos dictados en la pieza de medidas cautelares pueden verse modificados" por estas alegaciones, dejan claro.

Entran también los letrados en el recurso del Defensor del Pueblo: "Ciertamente, el Defensor del Pueblo puede recurrir sin haber sido personalmente parte en el procedimiento judicial, pero su intervención no convierte en agotada una vía judicial que todavía ofrezca medios de reparación procedentes y útiles".

MEDIDAS CAUTELARÍSIMAS PARA GARANTIZAR EL VOTO

El Defensor del Pueblo interpuso el pasado viernes un recurso de amparo ante el TC contra la suspensión del derecho al voto a personas nacionalizadas por la ley de memoria democrática.

La institución que dirige Ángel Gabilondo ha pedido al tribunal de garantías medidas cautelarísimas para que esas personas puedan ejercer su derecho al voto en las elecciones del 29 de noviembre.

Además, solicita que se pronuncie sobre la interpretación del Supremo acerca de la suspensión del derecho fundamental al voto de los españoles nacionalizados de acuerdo con la llamada ley de nietos.

El Defensor ha interpuesto este recurso "tras haber analizado la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS del pasado lunes, 12 de octubre, cuando confirmó mantener la suspensión de votar a personas nacionalizadas por la mencionada Ley, para que puedan, si así lo desean, ejercitar su derecho al sufragio activo en las próximas elecciones generales".

El alto tribunal decidió ese día mantener la suspensión cautelar del derecho al voto de los nacionalizados por la ley de nietos, lo que afecta a 163.020 personas que no podrán votar el próximo 29 de noviembre, salvo que las oficinas consulares acrediten que son descendientes de exiliados.

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