Alerta de la Guardia Civil: los pasajeros de los coches también pueden sufrir multas de hasta 500 euros

La infracción por no llevar cinturón  acarrea una sanción de 200 euros que se impone directamente al pasajero

El lunes comienza una nueva campaña de control del uso del cinturón de seguridad
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El no uso del cinturón de seguridad puede suponer una multa de 200 euros al pasajero no al conductor del vehículo
El lunes comienza una nueva campaña de control del uso del cinturón de seguridad

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Diario de Navarra

Publicado el 28/04/2025 a las 11:50

Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) y los diferentes cuerpos de seguridad siempre se alerta y se recuerda a los conductores de los diferentes vehículos cuáles son las normas que deben cumplir o qué comportamientos o prácticas al volante son los más peligrosos para su seguridad. Muchos de ellos pueden conllevar duras sanciones, tanto multas como pérdida de puntos del carné de conducir. Pero la seguridad vial no depende solo del conductor ya que desde la última reforma de la Ley de Tráfico, hay algunas conductas del resto de personas que viajan en el vehículo pueden llegar a alcanzar hasta los 500 euros de multa.

La legislación vigente en la actualidad establece una serie de comportamientos que, de ser realizados por pasajeros, constituyen infracciones sancionables de forma independiente de la conducta del conductor. Estos son los principales:

  • No llevar cinturón de seguridad. El cinturón de seguridad es obligatorio para todos los ocupantes del vehículo, sin excepción. La infracción por no utilizarlo correctamente acarrea una multa de 200 euros impuesta directamente al pasajero infractor, sin que ello conlleve pérdida de puntos del carnet para este último. El objetivo de esta norma es disminuir el riesgo de lesiones graves o mortales en caso de accidente ya que se evita que la persona salga despedida en caso de accidente.
  • Tirar objetos por la ventanilla. La acción de arrojar objetos desde el vehículo, incluidos cigarrillos encendidos, está severamente prohibida. Esta conducta no solo representa un acto de incivismo, sino que también pone en peligro a otros conductores, especialmente motoristas, y puede desencadenar incendios forestales. La multa alcanza los 500 euros. Si la acción es llevada a cabo por el conductor, además de la multa económica, implica una pérdida de seis puntos del carnet de conducir.
  • Mantener una postura incorrecta en el vehículo. Las posturas inadecuadas dentro del coche, como poner los pies sobre el salpicadero o sacar el cuerpo por la ventana, están consideradas como conductas peligrosas. Aunque en estos casos la multa recae generalmente sobre el conductor, las sanciones oscilan entre 80 y 100 euros, dependiendo de la gravedad del hecho y si se trata de una primera o posterior reincidencia.
  • Uso peligroso de dispositivos electrónicos. Aunque la normativa sobre el uso de dispositivos electrónicos se enfoca prioritariamente en los conductores, la utilización imprudente de teléfonos móviles o similares por parte de los pasajeros puede convertirse en un factor de distracción grave para el conductor. En tales casos, aunque el pasajero no reciba directamente la sanción, el conductor podría ser multado si se demuestra que la distracción provocada afectó su capacidad de conducir de manera segura.
  • Actitudes irrespetuosas hacia los agentes de la autoridad. La desobediencia, el desprecio o cualquier tipo de actitud irrespetuosa hacia los agentes de tráfico también son motivos de multa para los pasajeros.

RESPONSABILIDAD EN CASOS ESPECIALES

La normativa de seguridad vial también contempla situaciones concretas en las que la responsabilidad se amplía más allá del pasajero infractor.

  • Menores de edad. Cuando el pasajero infractor es un menor de edad, la responsabilidad recae sobre sus padres, tutores o guardadores legales. Esto se aplica especialmente en casos de no uso del cinturón de seguridad o del sistema de retención infantil homologado, obligatorio para los menores de hasta 135 centímetros de altura.
  • Exceso de ocupantes en el vehículo. El transporte de un número de pasajeros superior al de las plazas homologadas del vehículo constituye otra infracción. En este supuesto, el conductor es el único responsable, enfrentándose a multas que pueden variar entre 80 y 500 euros, dependiendo de la cantidad de ocupantes excedentes y la peligrosidad que ello implique.
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