Ministerio de Justicia

Cambiar de nombre en España: causas justificadas

El nombre puede cambiarse tantas veces como se quiera siempre que se deba a una de las causas justificadas

Condenada por falsificar su foto del DNI porque quería parecer más guapa
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El nombre del DNI puede cambiarse a partir de los 16 años o antes con la autorización del representante legal
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Inés PascalDN Contenidos

Publicado el 11/09/2023 a las 10:51

El nombre que aparece en nuestro DNI no es siempre el que nos gustaría y por ello el Ministerio de Justicia nos permite cambiarlo tantas veces como sea necesario. La única restricción es que no se pueden registrar más de dos nombres simples o uno compuesto ni tampoco los que hagan la identificación confusa o sean contrarios a la dignidad de la persona. Además, tampoco puede tenerse el mismo nombre y apellidos que un hermano, a no ser que haya fallecido.

La página web del Ministerio de Justicia recoge las dos causas por las que es posible cambiarse el nombre en el Registro Civil:

- Traducción del nombre a alguna de las otras lenguas oficiales del Estado (catalán, euskera, gallego, etc.) o viceversa.

- Rectificación de la mención relativa al sexo que aparezca en la inscripción de nacimiento, que supone un cambio de nombre para que no resulte discordante.

Para solicitar el cambio es necesario tener más de 16 años o ir acompañado del representante legal y presentar la siguiente documentación:

- Solicitud al Registro Civil expresando el motivo por el que se pide el cambio.

- Certificación literal de la inscripción de nacimiento de la persona afectada por el cambio.

- Pruebas documentales que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en cada caso.

- Certificado de la academia correspondiente cuando se trata de adaptar gráficamente los nombres a otras lenguas españolas.

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