Ley de familias y permiso retribuido de cinco días: ¿en qué consiste? ¿A quién se dirige?
La ley incluirá también un nuevo permiso parental de ocho semanas, que podrán disfrutarse de forma continua o discontinua hasta que el menor cumpla ocho años


Publicado el 25/11/2022 a las 10:55
El Ministerio de Derechos Sociales va a llevar el próximo martes al Consejo de Ministros la Ley de Familias, que incluirá un permiso de cinco días al año para cuidado de hijos, padres y convivientes, frente a los siete que habían propuesto inicialmente, según confirmaron a Europa Press fuentes del Ministerio de Derechos Sociales.
El Ministerio que dirige Ione Belarra ya explicó el pasado mes de junio, cuando sacó el texto a consulta pública, que el objetivo de esta medida es "ofrecer más oportunidades de permanecer en el mercado de trabajo a los hombres y las mujeres con responsabilidades en el cuidado de familiares".
En la propuesta se incluía un permiso por cuidado retribuido de hasta nueve días (en el caso de que supusiera un desplazamiento a otra comunidad autónoma) y de siete (si es en la de residencia), una propuesta que finalmente se ha rebajado a cinco días que es lo que recomienda la Unión Europea en la Directiva 2019/1158.
Además de este permiso, se incluye otro de ocho semanas hasta los ocho años del menor y la equiparación en derechos de las familias monoparentales con dos hijos a los de las numerosas.
Entre las principales medidas incluidas en la ley destaca la ampliación de la renta crianza de 100 euros al mes por cada menor de tres años a cargo, un permiso por cuidado de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente, y un permiso parental de ocho semanas, que se podrá disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla 8 años.
Otra novedad que se incluirá en la ley es la consideración de que las familias monoparentales con dos hijos sean consideradas como familias numerosas de cara a obtener beneficios sociales.
Asimismo, tendrán consideración de familia numerosa las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad y las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, según las mismas fuentes.
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