La nueva multa de la DGT que llega en septiembre con la reforma de la Ley de Tráfico
La reforma de la Ley General de Tráfico incluye el endurecimiento de medidas respecto a patinetes eléctricos y móviles, entre otros


Actualizado el 23/08/2021 a las 10:29
Septiembre se estrena con nuevas medidas de la DGT (Dirección General de Tráfico) si el Congreso de los Diputados aprueba la reforma de la Ley General de Tráfico. Estas normas están enfocadas al uso de detector de radares, al empleo de móvil o dispositivos de comunicación, la utilización de cascos o auriculares, entre otros.
Los nuevos cambios endurecen las normas que ya existían:
- Empleo de detector de radares: 200€ y 3 puntos del permiso.
- En los VPM (Vehículos Movilidad Personal), el uso del móvil o dispositivos de comunicación y conducir con auriculares o cascos: 200€.
- Conducir con el móvil en la mano: 3 a 6 puntos del carnet.
- Usar el móvil sin tenerlo en la mano: 200€ y 3 puntos.
Esto busca evitar, en la medida de lo posible, el empleo excesivo de dispositivos electrónicos mientras se conduce. Algo que la DGT recuerda constantemente en sus redes sociales.
Entre los #conductores con una antigüedad del carnet de entre 2 y 10 años, admiten haberse distraído:
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) August 23, 2021
✅ 60% con el móvil
✅ 20% por usar el GPS
✅ 40% debido a las conversaciones con los acompañantes
👉 https://t.co/zzpSKojxeU
Al volante #CeroDistracción pic.twitter.com/m0ErA6nG2e
Otra de las normas que se contemplan en la nueva reforma es la eliminación de la posibilidad de aumentar en 20km/h en los adelantamientos en vías interurbanas o carreteras secundarias.
Sin embargo, se incorpora una nueva medida enfocada a aquellos vehículos que se encuentren parados y aparcados en doble fila o por un tiempo superior a 1 minuto. En estos supuestos, los conductores deberán apagar el motor aún cuando se permanezca en el interior del automóvil. Si no se cumple la norma, se sancionará con 100€.
Estarán exentos de esta medida aquellos que cuenten con la categoría de 0 emisiones en la clasificación medioambiental, los de transporte público y los ocio-sanitarios, entre otros.
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Esta nueva medida, que ya se aplica en Madrid bajo la Ordenanza de Movilidad Sostenible, busca reformar el artículo 10 del Código de Tráfico y Seguridad Vial e incluir una nueva referencia a la necesidad de evitar "los daños a los bienes o al medioambiente".