Seguridad de piscinas

Teresa Ferrer Gimeno. Jefa de Sección de Sanidad Ambiental

Publicado el 21/06/2026 a las 08:16

Conmocionados por la muerte de un niño en unas piscinas de una comunidad cercana, al parecer consecuencia de un resbalón, hay que poner el foco en las condiciones sanitarias y de seguridad de estas instalaciones. Son lugares de ocio y disfrute, pero sabemos que entrañan riesgos. Ya ha comenzado la temporada de verano y hemos sido noticia al tener que cumplir unos requisitos sanitarios y de seguridad, que podrían considerarse por algunos muy exigentes, a fin de controlar el riesgo.

No es baladí este tema y es objeto de normativa en todas las Comunidades a fin de regular sus condiciones de funcionamiento, como es obligado en asuntos que comprometen la salud, protegida por la Constitución como norma troncal. Además, está la presión inspectora ya que su funcionamiento está basado en declaraciones responsables de sus titulares y por lógica, además de porque así lo mandata la Unión europea, resulta necesario reforzar la inspección. Este doloroso suceso recuerda que los riesgos del uso de las piscinas no son solo el ahogamiento, controlado por el socorrista, el control parental y otras medidas, sino también las caídas o resbalones que pueden conllevar lesiones muy graves, por lo que las superficies antideslizantes son imprescindibles para prevenir. Desde hace años nos preocupó este tema desde salud pública, como bien saben las piscinas, ya que tanto las caídas, que son una de las causas más relevantes de accidentes e incluso muerte sobre todo en mayores, como los resbalones con la pérdida de equilibrio por deslizamiento, están presentes en estas instalaciones.

El pavimento es el elemento constructivo que más interactúa con las personas usuarias y debe elegirse para sus condiciones de uso, con criterios de seguridad. Para prevenir que sea un riesgo debe realizarse un adecuado mantenimiento de las superficies que incluye medidas de resbaladicidad por Laboratorios acreditados, supervisión de los usuarios, avisos en comportamientos inadecuados, diseño correcto o educación en seguridad. En la mayoría de las normativas de piscinas se menciona que los suelos deberán ser antideslizantes y en Navarra llevamos más de veinte años trabajando este tema. La normativa es concreta y el Código Técnico de la Edificación establece el grado de antideslizamiento de piscinas. Los titulares deben disponer de certificados de medición que aseguren su cumplimiento durante su vida útil, lo que se revisa en las inspecciones. También diferentes Guías de organismos internacionales y las Normas UNE de seguridad en piscinas lo indican así. Las asociaciones de consumidores se quejan, en un informe, de la existencia de suelo resbaladizo en las piscinas públicas que provoca caídas y la Asociación de Prevención de Caídas pone a Navarra como modelo. 

El riesgo es la combinación entre la gravedad del daño al usuario y la probabilidad de que se produzca y es necesario abordarlo con medidas de control. Aún así los accidentes pueden suceder ya que el riesgo cero no existe y desconocemos que ha sucedido en este caso. Más allá de la investigación sobre las circunstancias concretas del accidente y su causa y efecto, es necesario recordar que las piscinas deben ser espacios de ocio seguros ya que conllevan riesgos que es necesario controlar por los titulares y la Administración, sin olvidar a las personas usuarias. 

La resbaladicidad es una causa de morbilidad, incluso mortalidad, en piscinas, como se observa de los datos epidemiológicos y de algunos estudios. Dado su riesgo, la importancia del sector en España y la posibilidad de responsabilidades patrimoniales en instalaciones públicas, es necesario acreditar el cumplimiento normativo en todos sus aspectos de sanidad y seguridad. Los usuarios lo merecen. 

D. E. P.

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