En defensa del derecho a la vida

Amelia Guisande González

Publicado el 14/09/2022 a las 07:36

Entiendo que, en referencia a la cuestión de la salvaguarda de los derechos humanos, el custodiar la defensa del derecho a la vida es la primera tarea que nos incumbe a todos, una tarea ineludible por ser inherente a nuestra condición de ser humano, pues el derecho a la vida, no es un derecho más sino que es el derecho en el que se sustentan los demás.

Un derecho cuya aprobación fue declarada universal en sesión celebrada el 10 de diciembre de 1948 por La Asamblea General de las Naciones Unidas. Sin embargo, la reforma de la ley del aborto, recientemente aprobada en Consejo de Ministros, otorga a la mujer el derecho a decidir sobre su propio cuerpo o sobre su plan de vida realizando la interrupción voluntaria del embarazo y la consiguiente destrucción de una vida humana. Más si el derecho a la vida es un derecho subjetivo, inalienable, que no se puede transferir a otra persona, ¿cómo se puede entender el derecho a abortar, fundamentado en negar y no respetar precisamente el derecho a la vida del “no nacido concebido”? Una buena pregunta que nos deberíamos plantear es: ¿una sociedad que no respeta la más vulnerable de todas las vidas, la vida que está por nacer, es una sociedad que se fortalece y avanza en su desarrollo de manera integral?

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