El tribunal dice que habría sido "inútil" disolver Batasuna si se les hubiera permitido seguir con otros nombres
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazó ayer, por unanimidad, el recurso presentado por Herri Batasuna (HB) y su sucesora Batasuna contra el proceso que supuso su ilegalización en 2003, al reconocer al Estado español que existía una "imperiosa necesidad social" de dejar fuera del juego político legal a dos formaciones de las que comprobó su supeditación a ETA.
La sentencia de la corte europea supone un firme respaldo a la estrategia jurídico-política que ha llevado a la muerte civil de las organizaciones que conforman el denominado entorno de la organización terrorista, y permite prever el horizonte que les aguarda a demandas similares presentadas por partidos a los que el Tribunal Supremo español identificó como herederos de los ilegalizados.
Rechazo de la demanda
La Sección Quinta de la corte europea, presidida por el magistrado Peer Lorenzen, mantuvo el último debate sobre la demanda de HB y Batasuna el pasado 23 de junio, y fue ese día cuando se alcanzó la decisión de rechazar la demanda de las formaciones abertzales, apoyada por los siete magistrados que forman la sala.
Como juez ad hoc designado por España para intervenir en el proceso actuó el magistrado Alejandro Saiz Arnaiz. Ayer, los siete miembros del tribunal dieron el visto bueno al texto definitivo de su resolución.
En realidad, la demanda de la izquierda abertzale había quedado ya herida de muerte en diciembre de 2007, cuando el Tribunal de Estrasburgo declaró no admisible su queja sobre una posible vulneración del derecho a un recurso judicial efectivo recogido en el artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En la práctica supuso un aval a la actuación del Supremo, que ilegalizó a las formaciones recurrentes en marzo de 2003, y del Constitucional, que confirmó la medida en enero de 2004.
Necesidad social
La corte europea redujo las quejas de Batasuna a estudiar si la aplicación de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, instrumento jurídico con el que se ejecutó la ilegalización, vulneró el derecho de los militantes de la izquierda abertzale a la libertad de expresión (artículo 10 del convenio) y a la libertad de reunión y asociación, protegida por el artículo 11.
La conclusión del Tribunal de Estrasburgo es demoledora para Batasuna y sus organizaciones afines, de las que considera que la Justicia española pudo probar que sus proyectos políticos suponen "un grave peligro para la democracia española", por lo que la sanción impuesta, la ilegalización, colisionó con derechos fundamentales, fue proporcionada porque respondió a una "imperiosa necesidad social" de autodefensa.
El Tribunal de Estrasburgo no sólo avala la ilegalización de HB y Batasuna, sino que Estrasburgo hace un prolijo repaso a la lucha jurídico-política contra el denominado entorno de ETA.
El arranque se sitúa el 1 de diciembre de 1997, fecha en la que el Supremo condena por colaboración con banda armada a los miembros de la Mesa Nacional de HB, formación que en la anterior campaña electoral por las elecciones municipales y autonómicas intentó emitir en sus espacios electorales gratuitos un vídeo realizado por la organización terrorista.
Defensa de las libertades
Desde aquella condena hasta que en enero de 2004 el Constitucional avala la ilegalización de HB, Batasuna y Euskal Herritarrok, se suceden un sin fin de episodios que la sentencia recoge de manera extensa, sin plantear un solo reparo a la actuación de las instituciones judiciales o políticas españolas.
Batasuna defendió que su ilegalidad "supone la eliminación de la corriente política independentista vasca de la vida política y democrática". En este punto, la corte acepta las explicaciones de la Abogacía del Estado, que recordó en sus escritos la existencia de varios partidos políticos tildados de separatistas que coexisten pacíficamente con el resto en varias comunidades autónomas, mientras que en el caso de Batasuna fue necesario apartarla de la vida pública "para mantener el orden público y defender los derechos y libertades de terceras personas".
El tribunal recuerda que los Estados europeos tienen la obligación de adoptar medidas preventivas para impedir la llegada al poder de opciones políticas "incompatibles con las normas de la convención y de la democracia".
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Sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo que ha fallado contra el recurso de Herri Batasuna y su sucesora Batasuna. EFE
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