El pronunciamiento insiste en que la asignatura debe limitarse a inculcar valores recogidos en la Constitución
El Tribunal Supremo niega que exista un derecho genérico a la objeción de conciencia frente a la asignatura de Educación para Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC), según dictamen alcanzado ayer por el pleno de la Sala Tercera o de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, que necesitó casi 20 horas de discusiones y a lo largo de tres jornadas para alcanzar un acuerdo mayoritario, respaldado por 22 de los 29 magistrados que participaron en la deliberación.
Tan alto consenso fue posible gracias a dos salvedades: la materia debe limitarse a inculcar los valores recogidos en la Constitución, por lo que cualquier intento de utilizar esa materia para adoctrinar sobre valores morales permitirá revisar en el futuro el criterio adoptado este miércoles.
La sala resuelve así las contradicciones que aparecieron entre las primeras sentencias que abordaron el conflicto presentado por padres que se negaron a que sus hijos recibiesen esa asignatura, cuatro de los tribunales superiores de Asturias y Andalucía. El acuerdo causó satisfacción en el Ministerio de Educación, sobre todo en su titular, Mercedes Cabrera, que se felicitó por el fin de una batalla política. También en las asociaciones de padres progresistas. No así en la plataforma que respalda la objeción y en las organizaciones agrupadas en el Foro de la Familia, desde donde se anunciaron recursos ante el Tribunal Constitucional y el Derechos Humanos de Estrasburgo.
El pleno del Sala Tercera del Supremo considera que "no existe el derecho a la objeción de conciencia" y que, en los cuatro casos analizados, la asignatura "no alcanzan a lesionar el derecho de los padres para que sus hijos reciban a la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", según el anticipo del fallo. La sentencia se redactará en los próximos días, y a la misma se unirán los votos particulares que preparan los magistrados discrepantes.
Votos particulares
El pronunciamiento del Supremo despeja el futuro de Educación para la Ciudadanía, cuya promulgación generó centenares de procedimientos judiciales y sentencias dispares en los tribunales autonómicos. Dos años de litigio en los que miles de alumnos cuyos padres adujeron su pretendido derecho a objetar, amparado y alentado por varios gobierno autonómicos del PP. Ahora, el Ministerio de Educación deberá dar a conocer las medidas que articulará para que esos jóvenes recuperen las ausencias y obtengan sus calificaciones. La recuperación se facilitará "cuanto sea posible" desde el ministerio, según avanzó Cabrera, aunque es cada comunidad la que decide cómo se cursa la asignatura.
La recuperación de estos alumnos no es un problema menor y tendrá consecuencias en su vida académica, porque la asignatura es obligatoria y los objetores deben cursarla y aprobarla para obtener el título de bachillerato. La vía más efectiva, según algunos expertos, sería de un examen extraordinario que cubriera el vacío legal.
Una sala dividida
Los 29 magistrados que participaron en los debates -uno no pudo acudir por causas médicas- decidieron ampliar el debate inicial sobre la posibilidad o no de objetar a la controvertida asignatura y entraron a valorar si los contenidos de EpC vulneran el derecho de los padres a tutelar la educación de sus hijos para que estos reciban una formación acorde a sus convicciones morales y religiosas. Un derecho "no lesionado" según el anticipo del fallo.
Los magistrados estudiaron también los distintos libros de texto de la asignatura para determinar si en algún caso excedían en marco de la asignatura, así como un extenso informe sobre el tratamiento que se da a esta materia en otros países europeos. La implantación de Ciudadanía responde una recomendación del Unión Europea (UE) que busca una armonización educativa en este ámbito.
Según fuentes judiciales, las más de veinte horas de debate fueron intensas, con posiciones vehementes y "de altos vuelos jurídicos". La sala se dividió en dos bloques de similar peso entre quienes respaldaron el reconocimiento a la objeción y los que abogaban por la consideración de Ciudadanía como una materia más que debe mantener el carácter obligatorio que le adjudica la Ley. Al final, el acuerdo llego de la mano de una posición transaccional: Educación para la Ciudadanía es inobjetable siempre que respete la exposición de motivos de la ley que implantó la materia: inculcar desde el sistema educativo los valores y principios recogidos en la Constitución.
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Algunos libros de texto de Educación para la Ciudadanía. ARCHIVO
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