Ayudas y subvenciones
Ayudas a la mejora de la eficiencia energética: cuáles son, requisitos, cuantías y cómo solicitarlas
Es necesario que las mejoras se hagan en el domicilio habitual


Publicado el 25/01/2024 a las 09:30
La mejora de la eficiencia energética es uno de los pilares del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia impulsado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Por ello, el Gobierno ofrece ayudas económicas para cubrir parte de los gastos de las reformas necesarias.
REQUISITOS
Los solicitantes de estos incentivos pueden ser personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de las viviendas o las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho públicas propietarias de los inmuebles. La página web del Ministerio explica que las actuaciones deberán realizarse en el domicilio habitual y permanente, aunque sin importar su antigüedad o tipología (unifamiliar o colectiva) y los beneficiarios no deberán acreditar ingresos económicos.
Por otro lado, esta ayuda solo se concederá a las actuaciones que consigan una reducción de al menos el 7% de la demanda energética de calefacción y refrigeración, una rebaja del consumo de energía primaria no renovable de un 30% o la sustitución de elementos constructivos de la fachada como el cambio de ventanas.
CUANTÍA
El Ministerio puntualiza que el importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación con un límite de 3.000 euros por vivienda. Además, exige que el coste mínimo de cada actuación sea igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
Por otro lado, indica que los destinatarios últimos de estas ayudas podrán compatibilizarlas con las del programa de actuaciones de rehabilitación a nivel de barrios o con las del programa de rehabilitación integral de edificios. La única condición es que quede acreditado que no se subvenciona el mismo coste y que no se supera el coste total de las actuaciones. Además, el cobro de estas ayudas y la elaboración de todos los documentos necesarios para realizar la solicitud podrán cederse al agente o gestor de la rehabilitación.
CÓMO SOLICITAR LA AYUDA
Son las Comunidades y ciudades autónomas las encargadas de repartir las ayudas a través de convocatorias públicas mediante el procedimiento de concurrencia simple, es decir, por orden de presentación de las solicitudes hasta el agotamiento de los fondos. Serán también ellas quienes decidirán si se abonan por anticipado o al final del proyecto.
En el caso de Navarra, la información sobre las convocatorias puede consultarse en las Oficinas de Rehabilitación de Viviendas y Edificios (ORVE) situadas en distintas localidades. Aquí puedes localizar la más cercana a tu vivienda. En caso de que te decidas a solicitar las ayudas, la documentación a presentar es la siguiente:
- Solicitud y declaración responsable 2023.
- Datos del solicitante y copia del NIF.
- Acreditación de la propiedad (nota simple registro de propiedad), usufructo, alquiler o derecho sobre la vivienda.
- Volante de empadronamiento de las personas físicas solicitantes o contrato de arrendamiento.
- Memoria justificativa de la actuación con indicación de actividades realizadas y resultados obtenidos (con fecha de iniciación y finalización actividad).
- Certificado de eficiencia energética de la vivienda en estado inicial y tras la actuación realizada.
- Certificado de la instalación térmica (en el caso de que proceda).
- Reportaje fotográfico en color antes y después de la actuación.
- Relación y copia de las facturas.
- Licencia municipal de obras de los trabajos ejecutados.
- Original de la solicitud de abono por transferencia (cumplimentada y firmada por solicitante).
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