Vivienda

En un piso de alquiler, ¿quién paga las averías?

El pago de las reparaciones en una vivienda de alquiler puede provocar desencuentros entre propietario e inquilino

Resolvemos las dudas sobre quién paga la reparación de averías en un piso de alquiler
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Resolvemos las dudas sobre quién paga la reparación de averías en un piso de alquiler
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Javier Echeverría

Publicado el 15/10/2024 a las 08:51

Si vives en una casa de alquiler es muy posible que alguna vez se haya roto algo o se haya producido algún desperfecto en la vivienda. Cuando la vivienda se encuentra alquilada, el pago de las reparaciones puede provocar desencuentros entre propietario e inquilino. Ante las dudas que muchas veces surgen, vamos a contarte las obligaciones y derechos de las partes que intervienen en un contrato de arrendamiento, y quién debe hacerse responsable de las reparaciones y obras en un piso de alquiler.

Como norma general, informa el portal inmobiliario Idealista, es el propietario o arrendador quien debe hacerse cargo del pago de aquellos arreglos necesarios para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, según lo dispuesto por el artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU):

“El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil”.

Por su parte, el inquilino o arrendatario tiene la obligación, tal y como se señala en el artículo 21.3. de comunicar al “arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones (...) a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. Si la reparación es urgente “para evitar un daño inminente o una incomodidad grave”, el arrendatario podrá actuar por su cuenta siempre con la correspondiente “previa comunicación al arrendador”, tras lo cual podrá exigir de inmediato el importe abonado.

¿Qué reparaciones debe pagar el inquilino?

Según recoge la Ley de Arrendamientos Urbanos, aquellas reparaciones que se deban a desperfectos imputables al inquilino son una de las excepciones en las que este debe hacer frente a las reparaciones de la vivienda, pero no la única. Otra es la que señala el artículo 21.4: “las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario”. Estos son algunos ejemplos:

- Si un técnico revela que la avería se ha producido por un mal uso.

- Las reparaciones que afectan a cosas dentro de la casa, como una mesa o un sofá, podrían ser responsabilidad del inquilino, aunque depende de cómo se hayan producido los desperfectos.

- Un elemento con poco tiempo de antigüedad o nuevo es difícil que se rompa así porque así, por lo que podría deberse a un mal uso por parte del inquilino, que tendría que pagarlo si fuera el caso.

Se consideran pequeñas reparaciones aquellas que afectan a elementos de uso diario y que se han producido por un uso normal: grifos, cerraduras, enchufes, bombillas, persianas, termos, etc.

Existen algunos criterios que ayudan a saber si se trata de una pequeña reparación que tiene que pagar el inquilino o una avería que debe correr a cuenta del arrendador:

- Tiempo de ocupación: Si la avería se produce poco después de que el inquilino entre a vivir, normalmente le corresponderá al propietario pagar la reparación.

- Coste de la reparación: El importe de las reparaciones debe ser razonable en relación con el valor de reposición del objeto deteriorado. Por ejemplo, hay sentencias que consideran como pequeñas reparaciones a aquella cuyo coste de reparación no supera el 50% del precio del alquiler mensual. En cambio, otras sentencias establecen que existe una pequeña reparación cuando el coste es inferior al 50% del valor del bien nuevo a reparar.

- Zona de la vivienda afectada por el deterioro: Como norma general, las reparaciones que afectan a la vivienda en sí le corresponden al arrendador (tuberías, calderas, etc.).

No se puede incluir dentro de pequeñas reparaciones aquellos elementos que se rompen o estropean debido a su antigüedad o a que han agotado su vida útil.

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