Vivienda

Deshacerse de los 'okupas' en 30 días con el sistema legal exprés

La normativa permite recuperar la vivienda por vía civil en vez de penal, un sistema mucho más ágil

45 detenidos en el desalojo de los okupas de un colegio mayor
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45 detenidos en el desalojo de los okupas de un colegio mayorEFE
45 detenidos en el desalojo de los okupas de un colegio mayor

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Publicado el 31/07/2020 a las 17:13

Uno de los temores de aquellas personas que dejan la casa durante el verano para tomarse unas vacaciones es encontrarse a la vuelta con que nuestra residencia habitual ha sido ‘okupada’. Un miedo que resulta aún mayor para aquellos que disponen de una segunda vivienda vacacional o viviendas vacías, ya que las posibilidades se incrementan.

El incremento del número de casos de ocupación supuso que en 2018 entrara en vigor una ley nueva (Ley 5/2018), con el objetivo de paliar este problema. Una nueva normativa que modificaba la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil.

Esta ley de desahucio exprés planteaba ciertas modificaciones e incluía novedades para agilizar el procedimiento de desahucio a los propietarios de viviendas, entidades sin ánimo de lucro o entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social. No incluye, sin embargo, a entidades financieras en posesión de casas vacías que hayan sido ‘okupadas’.

¿CÓMO FUNCIONA ESTA LEY?

El objetivo de esta normativa es agilizar el desahucio mediante la vía civil, sin necesidad de recurrir al ámbito penal por delito de usurpación, un proceso más lento y costoso. En este caso, el propietario tiene que presentar una demanda de recuperación inmediata de la vivienda aunque los ‘okupantes’ no estén identificados.

Esto hace que necesite menos tiempo y sea más económico. Los ‘okupantes’ tienen un plazo de cinco días para justificar la posesión de la vivienda y, si esto no sucede, el juzgado correspondiente ordenará la entrega inmediata al demandante. Esto presenta ciertos problemas, ya que los okupas suelen presentar títulos falsificados (como un contrato de alquiler) para permanecer en la vivienda, por lo que en ocasiones la entrega puede demorarse.

Así, desde que se presenta la demanda por lo civil, se abre un plazo aproximado de 30 días para recuperar el piso. Esto depende en gran medida de los problemas que puedan darse durante este proceso y en algunos casos puede aplazarse unos meses.

 

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