TSJN
Absuelven a una aseguradora de pagar por una mordedura de perro por las mentiras de su dueña
Dos sentencias resaltan que no solo tardó casi un año en comunicar lo ocurrido en la cuenca de Pamplona, sino que mintió sobre las circunstancias


Actualizado el 24/04/2025 a las 08:14
La justicia ha absuelto a una compañía de seguros de pagar una indemnización por la mordedura de un perro a una persona en la cuenca de Pamplona porque la responsable del animal no solo tardó casi un año en informar del suceso sino que, de manera intencionada, mintió sobre cómo habían ocurrido los hechos.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha confirmado de este modo la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona. En ella se consideraba acreditado que el 1 de marzo de 2020, sobre las 13.50 horas, la mujer se encontraba en compañía de tres perros, uno de ellos un pastor alemán de su madre, cuando este animal mordió a una mujer. La perjudicada le demandó por ello y reclamó 13.379 euros, de los cuales una sentencia le reconoció 6.335 euros.
La responsable del animal en el momento de los hechos tenía contratada una póliza multirriesgo del hogar que cubría los daños causados a terceros por animales de su propiedad o que estuvieran bajo su custodia, por lo que pidió a la aseguradora que se hiciera cargo de la indemnización y le abonara 10.277 euros. La reclamación fue rechazada porque la comunicación del siniestro al seguro no se produjo hasta febrero de 2021, casi un año después y cuando la póliza ya no estaba en vigor, por lo que la primera sentencia concluyó que el siniestro carecía de cobertura.
LAS MENTIRAS AL SEGURO, "LO MÁS GRAVE"
La Audiencia abunda en este razonamiento. Recalca también que la comunicación al seguro se produjo cinco meses después de haberse admitido a trámite la reclamación judicial contra ella por daños y perjuicios, “limitando las posibilidades de defensa”. “Al demorarse en comunicar a la aseguradora el siniestro, privó a esta de la posibilidad de evaluar las circunstancias, así como las lesiones sufridas”. No obstante, los magistrados destacan que “lo más grave” es que mintió a la entidad aseguradora. Primero, dijo que llevaba a los animales sujetos y que la mordedura se produjo cuando la víctima y su marido se acercaron a los perros para acariciarlos, “cuando realmente los perros estaban sueltos y fueron estos los que se acercaron a la pareja al pasar a la altura donde se encontraba ella”.
La sentencia también reprocha a la mujer su comportamiento con la herida. “Primero se interesó por su estado de salud, pero luego se desentendió, no dio noticia del siniestro a su seguro, ni facilitó el documento de responsabilidad civil que le dieron para rellenar en el hospital”. Además, mintió a la Policía Foral cuando dijo que el perro lo llevaba su madre, facilitando los datos de su seguro, que rechazó la cobertura del siniestro. Y como seguía sin facilitar los datos de su seguro y no daba parte, la perjudicada se vio obligada a presentar una demanda. Meses después, ya sí, dio parte al seguro, pero con mentiras. La sentencia concluye por todo ello que la actuación de la mujer fue intencionada para “eludir su propia responsabilidad”, lo que “debe entrañar la pérdida del derecho a indemnización por parte de la aseguradora”.