Valle de Egüés
La vecina que no puede entrar en el pipicán de Sarriguren
Tiene silla de ruedas y perro. Y no entiende por qué tienen que estar reñidos. “Pido accesibilidad”. Es la reivindicación de una vecina de la localidad para poder ir por su cuenta a la zona de esparcimiento


Actualizado el 25/07/2024 a las 09:09
Se desplaza en silla de ruedas y tiene un perro al que, como es evidente, le gusta sacar a pasear. Ella, que vive en Sarriguren, explica que en los últimos tiempos el Ayuntamiento del Valle de Egüés ha quitado o reducido (por distintos motivos) espacios de esparcimiento canino dentro del municipio. “Ya pedí en su momento un pipicán adaptado, aunque no me contestaron”, recuerda la vecina.
Es más, como ella misma ironiza, la respuesta la ha obtenido a través de una campaña de vigilancia policial hacia los dueños de perros, “con un incremento de multas importante”. De este modo, la afectada solicita que el consistorio valore la colocación de más zonas y horarios donde poder soltar a los perros y, en su caso, un pipicán adaptado a personas con movilidad reducida. “No soy la única en esta situación”.
Una vez elevada la queja al Defensor del Pueblo, el Ayuntamiento del Valle de Egüés se reafirma en que Sarriguren cuenta con tres zonas de esparcimiento canino valladas: en la confluencia de las calles Elizmendi y Doñana (acceso pavimentado y una pequeña zona cubierta con banco); la segunda al final de la avenida Europa, en su intersección con la calle Elizmendi.
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“Ésta no cuenta con zona pavimentada por estar constituida por tierra con hierba”, apunta el documento municipal. Finalmente, el tercer espacio de esparcimiento se localiza en el norte de la calle Cabárceno, con una pequeña superficie pavimentada a la entrada (el resto, tierra con hierba)
Pero no solo eso, añade el ente local, sino que, según la Ordenanza sobre protección de Animales de Compañía, se han habilitado tres sectores (dos de ellos en Sarriguren) en los que, en un determinado horario, los perros pueden estar sueltos para su esparcimiento. Se trata del área detrás de Maristas (parcela catastral 261 del polígono 15); zona colindante a la calle Elizmendi (parcela catastral 263 del polígono 15) y parque Juan Pablo II, en Gorraiz (parcela catastral 608 del polígono 13).
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En estos casos, remarcan desde Sarriguren, se debe seguir un horario: de 22 a 8 horas del 1 de mayo al 31 de octubre; y de 20 a 8 horas del 1 de noviembre al 30 de abril. Explicadas las alternativas, Valle de Egüés entiende que el esparcimiento canino es “adecuado y suficiente”; aunque insta a la vecina a trasladar qué tipo de acondicionamiento considera necesario de cara a “su estudio y valoración”.
Desde el Defensor del Pueblo entienden que es su deber sugerir al consistorio que, en lo posible, se procure adoptar alguna medida o ajuste que permita a personas con sillas de ruedas la mejor o más normalizada utilización de estos espacios de esparcimiento canino.
