Tribunales
Condenado por llevarse 19 prendas de un centro comercial de Pamplona
En las imágenes se ve cómo la mochila y la bolsa que llevaban van creciendo cada vez que sale del probador


Publicado el 30/03/2023 a las 06:00
¿Es posible meter 19 prendas en una mochila y una bolsa? Es la pregunta que un condenado por robar ropa en un centro comercial del centro de Pamplona formulaba para asegurar que él no había sido el ladrón, que era imposible introducir todo eso ahí. Pero primero el Juzgado de lo Penal nº 4 y después la Sección Primera de la Audiencia han concluido que sí, que no solo es posible sino que existen numerosas pruebas contra él. Concretamente, siete.
En primer lugar, el acusado permaneció entre las 17.20 y las 19.30 horas del 1 de febrero de 2022 en el interior del centro comercial. La segunda prueba es que, según las cámaras, cogió para probarse prendas que, "en ese mismo momento y en ese lugar", resultaron robadas. Concretamente, se llevó 19 prendas valoradas en 2.210,97 euros y causó daños en una cazadora North Face de 159,95 euros al intentar quitar la alarma. El tercer indicio es el "dato objetivo" de que, a simple vista, según los fotogramas, se aprecia cómo la bolsa que lleva el acusado en la mano y su mochila "van ganando volumen cada vez que sale del probador". "E insistimos", subrayó el primer juez, "y eso que no compró nada". Las alarmas quitadas, sigue la sentencia, las dejaba en el probador. En cuarto lugar, uno de los testigos relató que el acusado "entraba con numerosas prendas a los vestidores y luego salía de los mismos sin muchas de ellas, lo que evidencia que se las llevaba, pues las perchas de las prendas sí que las colgaba en el exterior". Quinta prueba: a los 15 días de estos hechos, consumados entonces con éxito, el acusado regresó al mismo centro comercial y se llevó otras prendas tras desacoplar las alarmas, si bien en esta ocasión fue interceptado. Como sexto indicio, el primer magistrado destacó la versión "incomprensible e ilógica" que ofreció el acusado, ya que dijo que fue a comprar cazadoras, pero se llevó allí dos pantalones propios para comparar. "Al margen de que, junto a cazadoras cogió gorras, pantalones y otras prendas de vestir, lo que evidencia la falsedad es que es del todo difícil de creer que un hombre de su edad, que acude a un centro comercial multimarca, esté probándose ropa durante más de dos horas, tras haber llevado incluso pantalones de cotejo, y acabe sin comprar ni un solo producto". En séptimo lugar, la sentencia discrepa de que el testigo que le denunció tenga animadversión hacia él. "Se denunció a la persona que cometió el delito, sin identificarla, siendo los policías quienes lo identificaron a través de la matrícula del coche".
La primera sentencia consideró la prueba como "aplastante" e impuso al acusado, con antecedentes, 15 meses de prisión como un autor de un delito de hurto. El procesado recurrió, señalando que se había vulnerado la presunción de inocencia y que él no había sido el autor del robo, destacando que es imposible introducir en una bolsa y una mochila la cantidad y volumen de la ropa cuyo hurto se le imputa. Pero la Audiencia llega a la misma conclusión que el primer magistrado, argumentando que no está probado que esas prendas no entrasen ahí (un testigo dijo que sí), y resaltando que toda la prueba en su conjunto permite concluir, "con certeza", que fue el acusado el autor del hurto.