Villava

Tres versiones y 601 € por salir a comprar en el confinamiento

Un joven pide la retirada de una multa por no justificar una salida del domicilio el 21 de marzo. Él alega que fue a hacer a compra

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Noelia Gorbea

Actualizado el 30/10/2020 a las 06:00

Salir a hacer la compra era una de las licencias que el Gobierno central autorizó durante las semanas más duras del confinamiento en primavera. Productos de primera necesidad que dejaban estampas de personas yendo y viniendo de los supermercados. De ahí que la consigna, para evitar la picaresca, radicaba en tener que acudir a la tienda más cercana al domicilio particular. Conocidos los hechos, este incidente se retrotrae hasta el 21 de marzo por la tarde.

Precisamente, a las 17.40 horas de aquel sábado, un joven caminaba por la calle Mayor de Villava, a la altura del nº 27. Según la versión del afectado, sancionado con 601 euros, volvía de adquirir alimentos para preparar la cena. Unos metros antes de llegar al portal fue interceptado por agentes de la Policía Local, que le pidieron identificarse. Según explica el aludido, les facilitó DNI, mostró los alimentos que había adquirido y también el tíque de compra, fechado ese día a las 17.17 horas. Dado que insiste en que no hubo desobediencia, ni resistencia a la autoridad, ni negativa a identificarse, ni proporcionó falsos datos ni inexactos, pide la retirada de la multa.

Preguntados por el Defensor del Pueblo, los agentes responden a través del consistorio que el joven no tenía bolsas de la compra ni artículos en la mano. “Al pedirle el tíque, éste no concuerda con la hora en la que se le da el alto”, prosiguen los policías. En su informe alegan que el sancionado les comentó que iba a sacar dinero, después que se había comido lo adquirido y, finalmente, que en el banco solo disponía de 2 euros. “Ante tanta incoherencia, se le comunica que será propuesto para sanción”, resumen los agentes.

Desde la institución de Javier Enériz entienden que el mero incumplimiento de las limitaciones que prevé la declaración del Estado de Alarma no es, por sí solo, elemento suficiente. Para que desobediencia a la autoridad se requiere un mandato expreso, concreto, que quede reflejado en el escrito de denuncia. Al no ocurrir así en este caso, el Defensor recomienda al Ayuntamiento de Villava no sancionar al interesado.

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