Sentencia

Condenada por sustraer 17 objetos personales en 4 meses al hombre al que cuidaba en la Ribera

Entre los bienes hallados en el armario de la habitación en la que dormía estaban, entre otros, un reloj, dos planchas de pelo, tres pares de gafas de sol, una diadema, un cinturón,  un chaleco de ceremonia, zapatos y pañuelos de seda

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Carmen Remírez

Publicado el 31/08/2026 a las 05:00

Una trabajadora contratada como interna en un domicilio de la Ribera ha sido condenada recientemente a una pena de 6 meses de prisión como responsable de un delito de hurto consumado después de que fueran hallados en su habitación varios objetos personales del hombre mayor al que cuidaba. 

En concreto, según consta en la resolución de la Audiencia Provincial, la enjuiciada inició su etapa laboral en la vivienda en marzo de 2020 y su función era cuidar de un varón de edad avanzada y gravemente enfermo.  

Posteriormente, según el relato de hechos declarados probados, el 3 de julio se reunieron con ella los tres hijos del señor y le indicaron que la relación laboral iba a cesar como consecuencia de la sospecha de desaparición de diversos objetos de la citada vivienda. Al comunicarle el despido, la mujer comenzó a ponerse agresiva llegando a agredir a uno de los hijos en el cuello, mediante empujones y golpes en la mano, causándole lesiones consistentes en eritema y erosiones leves. Según recoge el texto, antes de ese día, la mujer enjuiciada, "con el deseo de obtener un beneficio económico y aprovechando el descuido del anciano que cuidaba en la vivienda se apoderó de diversos objetos que aquel día de la despedida pudieron ser recuperados por la familia de la víctima. En el listado se recogen 17: un reloj de la marca Hugo Boss, dos planchas de pelo, tres pares de gafas de sol, una diadema de ceremonia hecha a medida, un chaleco y un cinturón de ceremonia, unos auriculares, otro reloj, una chaqueta, una mochila, unos zapatos de boda de su padre, un teléfono móvil, dos pañuelos de seda y varias prendas de vestir más. 

La encausada no tenía el consentimiento de la familia para conservar esos artículos en su poder, sin que además hubiera facilitado ninguna justificación ni explicación de por qué los tenía en su poder. En la sentencia se ha apreciado la atenuante de dilaciones indebidas ya que la tramitación del procedimiento ha estado interrumpida, sin culpa de la procesada, desde mayo de 2022 hasta octubre de 2024, cuando se citó comparecencia de conformidad y se citó a las partes. 

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